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Me han pillado, ¿cómo pueden sancionarme: multa o derribo?

4 Comentarios
 
Me han pillado, ¿cómo pueden sancionarme: multa o derribo?
24/08/2008 13:10
Hola, quisiera que me echárais una mano, pues no sé muy bien qué es lo que se me puede venir encima.
Vivo en un dúplex de protección oficial desde hace más de veinte años. Estas casas tiene un retranqueo tanto por delante como por detrás de un metro de fondo por cinco metros de ancho. Con el tiempo, la mayoría de las casas han quitado ese retranqueo de la parte de atrás (que da a los jardines interiores) para darle más amplitud a la casa.
En el mes de junio decidimos hacer lo mismo con la parte delantera y a finales de junio recibimos una "visita" del Ayuntamiento notificándonos la apertura de un expediente disciplinario.
Sé que está mal, he hecho algo que no se podía hacer y me han pillado. También sé por lo que he leído que en el PGOU se especifica la superficie y la volumetría de cualquier edificación y su parcela, ¿al ser de Protección Oficial su edificabilidad está agotada? Porque por aquí a lo mejor gano algo.
Como veis mi desconocimiento es total, y no sé si seguir y disfrutar lo que pueda de ello o tirarlo por mi cuenta y devolverlo a su estado inicial.
No obstante, quisiera saber ¿cómo pueden sancionarme: multa o derribo? ¿Cómo funciona el procedimiento de un expediente disciplinario? A partir de que recibes la notificación de apertura de expediente disciplinario, cuáles son los plazos.
Mil gracias de antemano.
perfil pac
25/08/2008 17:01
Aixane,

En la misma notificación del expediente, se te indicará los pasos y recursos que puedes interponer, así como los plazos para hacerlo.

Un saludo.
26/08/2008 14:44
Gracias PAC por contestarme.
Todavía no he recibido el expediente, el acta inspección urbanística dice que se abrirá. Escribo textual: "Se gira visita, comprobándose que se ha realizado ampliación vivienda unos 5 metros cuadrados. No se exhibe licencia para esta actuación. Nos presentan solicitud de actuación comunicando solado y alicatado.
La obra no se puede legalizar según PGOU."
Este acta no está firmado por un inspector urbanístico, sino por una arquitecta o secretaria de arquitecta que pasaba "casualmente" por allí.
perfil pac
26/08/2008 17:14
Hola Aixane,

Dando por bueno que esa persona estaba habilitada para desarrollar la función inspectora ( deberías haberle pedido su acreditación ) y por hecho que tal inspección la ha realizado de acuerdo con las formalidades exigibles, deberás esperar a recibir la notificación.

Aunque no te garantice ningún resultado positivo, podrías intentar hablar con ella, antes de que emita su informe y propuesta a la autoridad competente......., por si puedes conseguir mejorarlos en algo.

Un saludo.
26/08/2008 19:58
Hola PAC,

No sé han pasado dos meses...
Pero como bien dice el refrán: "Más vale tarde que nunca". Lo intentaré.
De nuevo, muchas gracias por dedicarme un poquito de tu tiempo.

Un saludo