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Me hace pagar tasa de basuras sin que figure en el contrato

9 Comentarios
 
01/07/2020 10:03
No puedo añadir nada a lo expuesto con anterioridad, deberá ser usted quien decida cómo actuar con la información recibida. Un saludo.
01/07/2020 03:40
Quería añadir un dato que considero interesante,el señor que me alquila es abogado,con lo cual deduzco,que reconoce haber sido pillado y por eso amenaza con echarme o subir el alquiler si me niego a pagar la tasa de basuras.En el contrato solo pone que el paga Ibi y comunidad y yo gas,agua ,luz,tlf e internet.
He buscado mucho y la conclusión que sacó es que solo hay que pagarla cuando venga en el contrato ( o bien pactado de alguna otra forma?),y yo no he pactado nada....de lo contrario la paga el dueño del piso.
Se trata de un impuesto que tiene que pagar el dueño viva alguien o no.Y yo no soy la dueña.
Además,género basura, sí,pero también consumo luz y limpieza del edificio y la Comunidad también la tiene que pagar el dueño del inmueble alquilado no?
30/06/2020 18:26
Aparte de la acertada respuesta de Hoplon y de las sentencias transcritas es que es una cuestión de puro sentido común que tiene que pagarla por la sencilla razón de que quien genera la basura es el inquilino y quien se beneficia de su recogida también es el vecino.
Grosso modo es como pretender que el inquilino no tiene por qué pagar el móvil porque la antena es colectiva o cualquier razonamiento por el estilo. No se sostiene.
30/06/2020 18:08
Leónjbr, mira un momento por el hilo del "...contrato de arrendamiento tras la muerte de la arrendadora viuda"
30/06/2020 18:01
El inquilino debe pagar la tasa de basuras tanto si figura en el contrato como si no:

STS 749/2015 de 30 de diciembre. Ponente Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MARIN CASTAN.

Cito (extractos):

"El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece en sus arts. 23 y 20.4 que el sujeto pasivo de la tasa por la recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de estos, en concepto de contribuyente, lo es la persona física o jurídica que resulte beneficiada por el referido servicio."

"Si bajo la vigencia de la LAU de 1964 eran, en determinados supuestos, las correspondientes a diferencias en el coste de servicios y suministros y las derivadas de la repercusión del importe de las obras realizadas por el arrendador, ahora la consideración del texto de la LAU de 1994 lleva a estimar que esta nueva obligación del arrendatario de satisfacer el importe del IBI y el coste de los servicios y suministros ha de merecer igual consideración, ..."

Antecedentes:

Primero: Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Granollers, dando lugar a las actuaciones nº 1685/2011 de juicio verbal de desahucio: se desestimó.

Segundo: recurso de apelación, que se tramitó con el nº 451/2012 de la Sección 13ª de la Audiencia Provincial de Barcelona , esta dictó sentencia el 22 de mayo de 2013: la audiencia resolvió el contrato.

Tercero: cita numerosas SS del TS y Audiencias sobre el asunto.

Para mi no hay duda, debe pagarlo.
30/06/2020 17:42
Yo creo que en este tema no hay una sola posición, la tasa de basuras en mi municipio se incluye en el IBI, de forma que si tu no estás pagando el IBI aunque seas tu el beneficiario o no se hace referencia a este impuesto en el contrato no tendrías que pagarlo. Otra cosa es que al haber creado ciertos antecedentes por costumbre tengas que pagarlo o que un juez no te reconozca el derecho a la devolución de las cantidades impagadas.
Hacen falta más datos para saber si se puede o no recuperar el dinero. Por otro lado, si tu casero te ha dicho que o pagas la diferencia o te sube el precio, no creo que le haga mucha gracia que le demandes para recuperar el dinero. Eso tienes que valorarlo también. Ya que a lo mejor no te renueva el contrato o cosas por el estilo que a lo mejor te perjudican más que beneficiarte. Cualquier cosa nos vas diciendo.
30/06/2020 16:59
Me lo imaginaba, por eso se lo he preguntado.
Con ese dato adicional soy de la opinión de que debe ud pagar esa tasa. Digo opinión porque no conozco ninguna sentencia que diga nada al respecto ni a favor ni en contra, simplemente nada.
El fundamento de mi opinión se encuentra en el art. 20.1 y 3. LAU, a cuyo tenor:
"1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que NO sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
(...)
"3. Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario."
Entonces resultan dos cosas:
1) la tasa de basura se corresponde con un servicio del que disfruta ud, no el casero de la vivienda y por tanto lo más sensato es que la pague ud.
2) además se puede individualizar, es decir, que NO se trata de un servicio como por ejemplo el de jardinería del edificio o el de limpieza de las escaleras o de la entrada que son "colectivos".
3) Y para reforzar todas esas indicaciones, resulta que la tasa se incorpora en la factura de agua que se elabora con fundamento en la lectura de un contador de agua.
Por todos esos motivos es claro que la tasa debe pagarla ud, que para eso disfruta de ese servicio de recogida de basuras (se trate de un piso alquilado o no) y que se recoge en una factura individualizada para su vivienda.
30/06/2020 16:11
leonjbr
Si. Pero eso es así siempre,en toda España.Son unos 20 ,euros de recogida y tratamiento.
30/06/2020 14:37
¿La tasa de basura viene incluida en el recibo del agua?
Me hace pagar tasa de basuras sin que figure en el contrato
30/06/2020 14:26
El señor que me alquila el piso me ha estado haciendo pagar la tasa de basuras los tres años que llevamos viviendo aquí,ayer me enteré que si en el contrato no figura que la pagué yo la tiene que pagar él.
Se lo he dicho y su respuesta es ,o subir precio de alquiler o bien echarnos.
Qué puedo hacer?
El dinero y dado lo puedo recuperar por medio de un juicio?