Teniendo en cuenta que las cintas de balizamiento policial son de un plástico difícil de romper, no alcanzo a comprender cómo pudo hacerlo sin querer.
Sí se trata de un hecho denunciable y sancionable:
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Artículo 37. Infracciones leves.
Son infracciones leves:
15. La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados
por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aun con carácter preventivo, cuando no constituya infracción grave.
Artículo 39. Sanciones.
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000
euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros