Su caso encaja en un mandato verbal. Son de aplicación, en materia de responsabilidad, en su caso no dolosa sino culposa, los arts. 1718 y 1726 CC. Imagino que cabrá acudir en cuanto a moderación de la responsabilidad (1103 CC) a una valoración de su capacidad para el mandato conferido, a la manifestación y publicidad de capacidad que usted pudiera hacer, y a la complejidad y riesgo d ela tarea encomendada (prueba pericial que aceredite si es habitual perder dicenro en la soperaciones practicadas).
Y el meollo del asunto es la comunicación; usted relata: - "...me dijo..." pero del resto del relato parece desprenderse que hubo comunicaciój escrita ¿por qué cauce, cuánto tiempo tardó usted en ser conocerdor de ella?
Y ha de tenerse que cuenta que a un abogado que posee una cuenta en bolsa (¿desde hace días, meses, años, cómo evolucionó la cuenta cuando la gestionaba él?) cabe presuponerle conocimientos de los riesgos implicados.
Yo me dedico al negocio del trading. Hace un tiempo me contacto un hombre para gestionar una cuenta suya en bolsa. Me pidió mi DNI previamente. El caso es que ese dinero se perdió hasta un punto que el hombre dijo que parase de hacer trading. Yo continue ya Que no vi el mensaje. Ahora me está reclamando ese dinero ya que dice que el dijo que parase de operar, y que es mi responsabilidad ahora. Y que si no pago, va a hacer llegar una carta a mi domicilio y me hará pagar todo lo perdido, me denunciará. No se si está abusando de mi por falta de conocimiento al ser el abogado. Por favor ayuda, no hay mining contrato firmado, y todo esto lo está escrito por whatsapp. Únicamente hay conversaciones en WhatsApp.