Buenas tardes. Llevo trabajando 4 meses en una empresa y cada día es algo nuevo. He estado aguantando pensando que sería yo el equivocado, pero ya no puedo callarme. Es una empresa Contact Center, regida por el convenio correspondiente. Trabajo en valencia capital y tengo 30 años.
En mi contrato firmé que mi jornada sería literalmente "De lunes a domingo festivos de 11.00h a 16.00 según cuadrante horario y de acuerdo a los descansos marcados por Ley". Yo pensaba que haría un fin de semana de cada 2, como hacen muchas personas en la empresa....pero me obligan a trabajarlos todos.
Tuve que firmarlo o no le contrataban. Pero mas tarde leyendo el convenio, tengo 2 dudas importantes.
1. ¿Es legal trabajar todos los fines de semana a pesar de haberlo firmado? En el artículo 25 del convenio pone que "Se garantizará a cada trabajador el disfrute de dos fines de semana al mes".
2. ¿Es legal que días festivos como el 12 de octubre, que yo en principio tengo descanso por cuadrante, se me añada ese día a trabajar? Esa semana por tanto, solo libraré un día. En caso de ser legal, ¿cómo debería compensárseme eso?
He hablado de todo esto con los representantes sindicales y me dicen que todo es normal, porque así lo he firmado.
Varias apreciaciones:
-El convenio una vez firmado se convierte en ley para los trabajadores afectados por el mismo y por tanto estará por encima del cto.
-En última instancia estaríamos ante lo que se denomina condición mas beneficiosa para el trabajador
-Otra cuestión es que para la mayoría de los jueces son conocedores de que el trabajador al firmar un cto aceptan cualquier condición con tal de conseguir el empleo y por tanto esas clausulas en el cto son clausulas abusivas.
Por tanto para responder a sus preguntas :
1.- El termino legal o ilegal es muy relativo, es decir legal lo es, a nadie le quitan de hacer HE si el lo desea, pero usted pregunta por la imposición de esas jornadas pues como usted ve si el convenio dice lo que dice, pues blanco en botella ¿no cree?
2.- Dos cuestiones, 1º- Si tiene un cuadrante lo normal es que sea anual aunque pueden hacerlo mensual pero siguiendo una correlación y no alterarlo a su gusto, cuando a ellos les parezca.
2º.- Por otra parte esta el descanso semanal vigente en la ley, el cual será como mínimo de día y medio por semana, por tanto si le cambian ese día y le obligan a trabajar estarían incumpliendo el régimen de descansos.
3º.- Debe informarse con los RLT,s del grupo al que pertenezca, es decir uno es la teoría y otro mas real la práctica, me explico , la ley dice que los RLT´s deben velar por el interés de todos los trabajadores de la empresa a la que representan, lo cierto es que en ka realidad lo que hacen es velar por el interés de sus propios afiliados, es por ello que un trabajador que este afilado a un sindicato en concreto debe fijarse en sus RLT´s y si no esta afiliado a ninguno pues le escucharan pero harán lo mínimo, esta es la cruda realidad. De otra forma no se entiende lo que le han dicho
Gracias por la información. Entonces, si he entendido bien...ni me pueden obligar a trabajar todos los fines de semana ni me pueden colocar festivos a conveniencia en el cuadrante. Independientemente de lo que haya firmado.
Sé que es peligroso quejarse en la empresa y que puedo acabar despedido...pero somos 200 trabajadores y solo un 5% está en mi situación. Los enlaces sindicales nos dicen que es normal trabajar todos los fines de semana y todos los festivos porque así lo hemos firmado. Pero ahora puedo hablar con ellos, informándoles de que no se puede hacer y a ver si pueden hablar con la empresa.
Los enlaces sindicales como usted dice o bien están vendidos a la empresa o nunca pueden decirle eso que nos cuenta.
Tienen un convenio que prevalece sobre el cto, de otra forma se debería de aplicar la norma que mas favorezca al trabajador y por último esa alteración de cuadrantes, entonces ¿para que tener un cuadrante? y por último, usted firma lo que le ponen encima con tal de que le den trabajo pero esto no quiere decir que esas clausulas tengan validez alguna, para empezar porque contradicen el convenio y en segundo lugar porque son discriminatorias.
Hoy he ampliado información en el trabajo. Resulta que a la gente que tiene contrato de 40h semanales, sí que le están dando un día libre por cada festivo trabajado. Dicen que como trabajar más de 40h semanales no está permitido, están obligados a dárselo.
En cambio a los que tenemos 25h semanales, nos dicen que no. Nos aseguran que estamos equivocados. Que pueden marcarnos los festivos que consideren y que no nos da derecho a día libre.
Nuevamente les están vacilando, usted tiene un cto a jornada parcial y percibe un salario acorde a su jornada pero tanto los descansos, vacaciones, festivos, etc, son los correspondientes al trabajador al 100 % de la jornada.
Dígales que lo va a denunciar ante inspección de trabajo, y vera que pronto se dan cuenta de su error.
Gracias de nuevo jamgpreve. He estado leyendo en casos parecidos, que cabe la posibilidad legal de que me obliguen a trabajar un festivo y me paguen un 75% extra sin compensarme con día de descanso.