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me espero o me entrego directamente?

13 Comentarios
 
perfil JMP
10/04/2005 18:01
Anónimo ya he dicho que si es admisible, pero quiero entender que tu también opinas lo mismo a tenor de tu intervención. Cuestión distinta es que no se pueda tener en cuenta por falta de las garantías que deben rodear la grabación.

Un saludo.
10/04/2005 16:00
La prueba como ha dicho jmp no es admisible en los Tribunales, aunque otras veces, las menos, si la admitan, pero el efecto que causa siempre hace que la balanza se incline aunque la veracidad de la grabación no se demuestre. Un saludo
perfil JMP
06/04/2005 14:50
En mi opinión, querida susy, tu entender no es correcto. Es obvio que esa prueba es admisible en los Tribunales, y de hecho se admite con cierta frecuencia.

Cuestión distinta es acreditar la veracidad y autenticidad de la grabación, como también lo es acreditar la identidad de los interlocutores, pero es posible.

Un saludo.
06/04/2005 14:24
jmp, el otro interlocutor si que puede tener la conversación grabada, pero a mi entender los jueces no admiten ese tipo de grabación ya que pueden estar manipuladas, y para un tema tan vanal como este no van a gastar dinero en inspeccionar la cinta y comprobar su autenticidad. Todo esto te lo comento porque yo tuve un grave problema en el trabajo en el cual me amenazaban, me insultaban, y me sancionaban indebidamente acudí a un abogado laboralista y mi intención era acudir al trabajo con una grabadora y me dijo que no servia para nada pues los jueces no aceptan este tipo de pruebas.
Un saludo.
perfil JMP
05/04/2005 16:54
Arturo, puedes tener la completa seguridad de que no estará grabando tus conversaciones ninguna operadora telefónica, ni de que exista orden judicial de intervención de las mismas. Eso queda para cosas mucho más importantes que una triste amenaza.

Al igual que susy te recomiendo que no amenaces, si es que lo haces, ni por teléfono ni por ningún otro medio. Más que nada porque no esta bién.

Por último decirte que,aunque no hubiera interevención telefónica, que no la hay, el otro interlocutor si puede grabar la conversación y presentarla como prueba.

Un saludo
perfil JMP
05/04/2005 16:53
Arturo, puedes tener la completa seguridad de que no estará grabando tus conversaciones ninguna operadora telefónica, ni de que exista orden judicial de intervención de las mismas. Eso queda para cosas mucho más importantes que una triste amenaza.

Al igual que susy te recomiendo que no amenaces, si es que lo haces, ni por teléfono ni por ningún otro medio. Más que nada porque no esta bién.

Por último decirte que,aunque no hubiera interevención telefónica, que no la hay, el otro interlocutor si puede grabar la conversación y presentarla como prueba.

Un saludo
05/04/2005 11:30
Eso si ahora no sigas llamando y amenazando ya que ahora si es probable que tenga una orden judicial y se estén grabando las conversaciones. Así que por lo que hiciste estate tranquilo pero no lo sigas haciendo. Ok?
05/04/2005 11:20
Mira yo no soy abogado ni entiendo mucho de todo esto, pero dudo mucho que las operadoras tengan grabadas las conversaciones mantenidas de sus abonados, ya que esto sería totalmente ilegal, lo único que tendrán es las llamadas que ha recibido ese teléfono y desde el número que se realizaron pero la conversación es totalmente imposible que la tengan.
perfil JMP
20/03/2005 21:01
Te vuelvo a repetir que los hechos ya se han juzgado, y sobre los mimos ya no cabe nuevo enjuiciamiento.

Un saludo.
20/03/2005 17:35
A ambos, Rafa 1 y jmp, gracias por el aliento que me estáis dando.

En cuanto a los puntos que refiero en mi pregunta:

A) Se puede solicitar judicialmente la transcripción telefónica de la llamada para usarla contra mi por amenazas, coacciones y chantaje u otros asuntos?

B) Los argumentos de una denuncia si los expones de manera diferente en otra ¿darían como resultado otras y nuevas imputaciones?

Me podéis orientar si esto es posible?


Gracias
perfil JMP
19/03/2005 23:29
Arturo la fata de coaaciones conlleva una pena de multa entre 10 a 20 días. Es una pena muy leve, dinero, y que no te va dejar antecedentes en el supuesto de que te condenaran. Te recomiendo tranquilidad.

Los hechos que ya han sido objeto de enjuiciamiento no pueden volver a ser juzgado (principode "non bis in idem"), por lo que tampoco debes preocuparte.

No se pueden presentar nuevas pruebas, porque el hecho ya está Juzgado, salvo excepciones que será muy largo de explicar. Solamente te diré, en lo que a esto se refiere, que si la prueba no fue propuesta en el momento procesal oportuno, aunque recurrieran si la sentencia no les fuera favorable, no la pueden aportar.

Si propusieron esta prueba, el juez la inadmitió y no hicieron constar la protesta tampoco se la admitirían en segunda instancia.

Por ultimo. No te pueden imponer tres multas de 2.000 Euros. Cuestión distinta sería la responsabilidad civil, pero estate tranquilo, tampoco ocurrirá.

Espero haberte ayudado. Un saludo
19/03/2005 20:22
Arturo, me sabe mal no poder ayudarte, pero no tengo ni idea de este tema.-
Ten paciencia, ya se que es difícil, pero en fin de semana el foro está mucho más inactivo, seguramente te contestarán entre mañana y el lunes.-
Lo único que te puedo decir, y ten en cuenta que es simple opinión personal, ya que no soy abogado, es que si te han enjuiciado por una falta de coacciones (artículo 620 del Código Penal), no creo que puedan abrir otro proceso por los mismos hechos, aunque los califiquen como delito (art. 172 C.P.).- Saludos.-
19/03/2005 19:39
Nadie echa una mano?
Me espero o me entrego directamente?
19/03/2005 18:49
He tenido un juicio de faltas como DENUNCIADO por coacciones contra mi jefe. Está listo para sentencia y no me llega la camisa al cuerpo.

Mi jefe alegó que solicitaba el aplazamiento del Juicio pues había solicitado a la compañía operadora de su móvil, que le transcribiesen la conversación que yo mantuve con él como prueba de las coacciones, chantajes, amenazas de divulgar las cosas que yo sabía de él y su empresa. El Juez desestimó tal aplazamiento debido a que la prueba pretendida no había sido ordenada judicialmente y que tales pruebas, sin ese precepto, son ilegales y que para un Juicio de faltas no se la admitiría y que si quería aportar tales pruebas que fuese al Tribunal Supremo.

Allí mismo, el abogado de mi jefe, dijo que una vez que consiguiese la grabación, emprendería contra mi nuevas acciones legales donde le validasen la prueba.

Me declaré inocente aunque no sé si estuve muy convincente.

Aunque estoy esperando la sentencia, esta es la que menos me preocupa; lo que más me preocupa es que le den permiso para presentar tal prueba y me lleve a otro Juicio por otras vías que yo, al ser desconocedor del Derecho y sus rincones, donde se me imputen otros asuntos de mayor envergadura.

Mis dudas son:
A) Se puede solicitar judicialmente la transcripción telefónica de la llamada para usarla contra mi por amenazas, coacciones y chantaje u otros asuntos?

B) Los argumentos de una denuncia si los expones de manera diferente en otra ¿darían como resultado otras y nuevas imputaciones?

C) Por un juicio de faltas por coacciones (así se refleja en la citación) ¿Me pueden poner 3 multas de 2000 euros como solicitó el abogado?

D) Si acepto la condena que me impongan, ¿esto frenaría las otras acciones "prometidas" por mi jefe?

E) Si la pena a ellos les parece poco ¿Pueden recurrir y aportar nuevas pruebas (la grabación de la llamada) para que sea mayor la pena?


Estoy hecho un lío.