Que, según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de fecha 20-1-2009, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus Vacaciones Anuales Retribuidas en un período distinto al año natural en curso, si no han podido disfrutar de sus vacaciones por motivos ajenos a su voluntad.
No entiendo lexdura, es accidente laboral, es decir estaba trabajando, por lo tanto antes del comienzo de las mismas y aunque las tuviese concedidas no las había comenzado, por lo tanto considero que tiene dcho al mes de vacaciones.
Entiendo que si has cogido la baja durante ese periodo, deberías de tener tu periodo de vacaciones y disfrutarlas una vez cojas el alta. No soy experta en esto, pero me parece de lógica.
Hola, mi consulta es la siguente.
Horas antes de iniciar mis vacaciones, tuve un accidente laboral, y me he pasado todo mi periodo vacacioal de baja, ¿mis vacaciones me cuentan?, o por el contrario, ¿aún puedo disfrutarlas?