Necesito que me ayuden
Resulta que conocí a un chico y salí con él, no me ha ido muy bien, me denuncio y me pusieron una pena de 3 meses de cárcel y hasta hay bien porque no tengo antecedentes penales, pero me vuelve a denunciar con injurias y el ministerio fiscal me pide 1 año, voy ha ir a la cárcel yo anteriormente le denuncie por malos tratos.
dudo mucho que te condenen a una pena de 1 año de prision por injurias, las injurias no conlleva pena de carcel, solo multa, y las injurias se necesita querella, a lo mejor no te has explicado muy bien.
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.Es que sin tener la informacion, y si es por denuncia falsa¿?La calumnia consiste en la imputación falsa a una persona de la comisión de un hecho que la ley califique como delito, a sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es el que lo cometió.Consultelo con su abogado y que le explique bien.Suerte y cuentenos si sabe algo mas
¿no decis en tu post anterior que te condenaro anteriormente a 6 meses?, y luego dices que tienes otro juicio pendiente con tu ex la cual la fiscalia te pide 1 año.
explicate mejor mujer, si tienes otra pena suspensa y te vuelven a condenar tienes posibildades muy altas de ingresar en prision.
como tienes antecedentes penales de la otra condena (3 meses) y supongo que te la suspendieron por carecer de antecedenes penales con la condicion de no cometer mas delitos en un plazo de 2 años y ahora tienes otro juicio, las posibilidades de entrar en prision son altisimas porque has cometido otro delito, ¿la otra condena estan cancelados los antecedentes penales?, es mas mira yo no soy abogado pero creo que no me estoy equivocando con lo que te estoy diciendo, ademas porque no lo hablas con tu abogado para ayudarte, solo el sabe lo que tiene que hacer para no ingresar en prision que creo que es pidiendo la sustitucion de la pena.
No somos ni tu ni yo abogados, pero veo que opinas mucho en estos foros y te agradeceria que opinases sabiendo algo y no solo asustando porque solo se ingresa en prision con penas mayores a 24 meses lo cual 6 mas 3= 9 meses en total, no obstante gracias David
Sólo se entra a prisión si la pena es mayor de 24 meses, hasta ahí de acuerdo. Pero ten cuidado, es sólo si la pena es de 1 delito. Si una vez suspendida una pena inferior a 2 años por un delito cometes otro delito, y te caen por ejemplo, 3 meses, puedes ir al talego con la primera pena más la segunda. No seas tan confiada.
La suspensión de pena se da con la condición de que no se vuelva a delinquir, no es un cheque en blanco.
el no ingresar en prision no vale la suma de todas las condenas a las que te has enfrentadm sino sobrepasa 24 meses, has cometido otro deltio estando dentro del plazo de suspension muy indignada, no quiere decir que si cometes varios delitos y todos ellos no sobrepasa los 24 meses no se entra en prision, estas equivocada muy indignada, eso no es asi, eso es solo por 1 delito, el forero anterior te lo ha explicado muy bien, espero que tengas suerte, ademas si tienes abogado/a es es el unico asesor que te puede informar mejor porque conoce el procedimiento y es quien te defenderá para lograr no ingresar en prision.
Fue al cuartel de la guardia civil con un parte medico dos hematomas y me denuncio yo no hice nada es esa la denuncia claro que yo le denuncie porque el ami insulto me dijo de todo yo anteriormente le denuncie por malos tratos aun no ha salido nada.
Gracias
he estado mirando el codigo y nereorza aqui esta, que hayas delinquido por primera vez " YA SEA SIN ANTECEDENTES PENALES O CON ANTECEDENTES PENALES, con lo cual nereorza yo entiendo que una persona sin antecedentes o con antecedentes cancelados si puede pedir suspensión de condena":
Le transcribo el art. 81 del C.P.:
Artículo 81.
Serán condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena, las siguientes:
Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136 de este Código.
Que la pena o penas impuestas, o la suma de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.
Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el Juez o Tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas.
Condicion primera:"Que el condenado haya delinquido por primera vez". Tú ya has sido condenada con anterioridad, por lo que no parece que sea tu primer delito. Por otro lado, no sé si tus antecedentes son cancelables o no. Por si acaso, léete el CP completo. Te recomiendo los art. 136 sobre cancelación de antecedentes, y el 32 sobre las penas.
Y se han de complir las 3 condiciones, si una falla no se debe de suspender la pena obligatoriamente, depende de otros factores, pero sobre todo de la discreccionalidad del juez.
Por cierto, algo mu jodío has tenío que hacer pa que te condenen a tí (mujer, que estás amparada por la LIVG) en vez de a él....
A lo mejor el que no se entera eres tú no se si seras profesional o no, no tienes ni idea de lo que pasa realmente vale una cosa es preocupacion... o no me puedo preocupar
Es totalmente legítimo preocuparse. Es tu libertad.
Pero no le des más vueltas intentando que la ley diga algo diferente a lo que dice. Mi respuesta es totalmente lógica, y conforme a derecho.
Si eres reincidente no se puede aplicar el art. del CP que mencionas, salvo que pudieras cancelar esos antecedentes. Voy a ser claro: ¿Cuándo te condenaron a esos 3 meses que dices en tu primer post? ¿Porqué delito fue? ¿Pagaste la responsabilidad civil o la multa si la hubo? ¿Cuándo cometiste el delito por el que ahora te piden 1 año?