Hola, mi pareja y yo hemos pensado en casarnos.
El tiene deudas varias, con el banco y multas, `por las que hay sobre el un embargo de cuentas y bienes.
Si nos casamos en régimen de separación de bienes, ¿me pueden exigir a mi el pago de sus cuentas? ¿podrían embargarme las mías?
Muchas gracias, necesito saber cuales serían mis responsabilidades una vez casados antes de dar este paso. Gracias de nuevo.
A raiz de las entradas anteriores me surge una duda, si tengo cuenta en común con mi marido y otra propia, si a él lo embargan cuentas. Este embargo sería también efectivo sobre dinero en cuenta propia o sólo sobre dinero en cuenta compartida? seria de la totalidad del dinero de la cuenta o sólo del 50%?
Yo conozco el caso de que le embargan (por impago de multas, etc.), y cada mes tiene que ir a Hacienda, si quiere que no prosigan con el embargo de las ayudas (a pesar de ser ilegal por no superar el salario mínimo interprofesional).
Si una persona embargada no tiene ingresos, no podrá tener domiciliado ningún recibo, pero lo que es peor, yo no sé cómo va a poder pagar las comisiones por mantenimiento que le quiere cobrar el banco si ningún familiar le puede donar, porque toda donación es embargable.
Y por otro lado, sabemos que todos necesitan tener abierta una cuenta bancaria para cualquier posible ingreso de beca, ayuda, etc. Y no hay banco que no cobre comisiones, porque ING también necesita de una cuenta auxiliar del propietario.