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Me acusan sin pruebas

5 Comentarios
 
Me acusan sin pruebas
02/03/2004 01:44
PRIMERO.- El DENUNCIADO es GREGORIO MARÍA CALLEJO HERNANZ, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de esta ciudad. Que según consta en la sentencia dice actuar en nombre de su Majestad el Rey y con fundamento en la Soberanía Popular de la que emanan todos los poderes del Estado.

SEGUNDO.- Por su sentencia a fecha 17 de diciembre de 2003. Condenando a D. Juan Ramírez Estévez “a la pena de 60 días de multa, a razón de 6 euros diarios y subsidiaria de privación de libertad de 30 días en caso de impago y previa excusión de sus bienes, SUSPENDIENDO por treinta días el régimen de visitas que tiene establecido por auto 6 de octubre de 2003 con respecto del menor Cristian” y “ABSOLVIENDO a Doña Teresa Padillo Alonso de las faltas de maltrato e injurias que se le imputaban y sin que haya lugar a medida civil alguna contra ella”.
TERCERO.- Que ...!!!
DICHA SENTENCIA, ha sido acordada en virtud de los hechos probados en la propia sala sin tener en cuenta, por parte de D. GREGORIO MARÍA CALLEJO HERNANZ, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de la localidad de Sant Boi de Llobregat, Barcelona, LA OPINIÓN DEL MENOR CRISTIAN UNAI RAMÍREZ PADILLO o LA CERTIFICACIÓN MEDIANTE VALORACIÓN PSICOLÓGICA DEL MENOR, de que los hechos a los que se me imputan, a Juan Ramírez Estévez, SEAN CIERTAMENTE DAÑINOS PARA LA SALUD PSICOLÓGICA Y LA ESTABILIDAD DE MI HIJO.
Además se me inculpa “TEXTUALMENTE” por:

UNO.- “más que un equivocado sentido de la protección hacia su hijo, el Sr Ramírez utilizó a aquel para sus fines, para conseguir que constase en un documento firmado por un médico que “el niño dice que no quiere estar con su madre”, en una operación rayana en lo cómico sino fuese por lo lamentable que es la instrumentalización de los menores para fines tan espúreos.”

DOS.- “En tal sentido, hay que decir que el Sr Ramírez se está dedicando objetivamente a poner al menor en contra de su madre utilizando formas de manipulación intolerables cuando recaen sobre niños de seis años de edad.”

TRES.- “Más dañino aún es llevarlo por diversos hospitales de la provincia para “que declare” ante un médico que no quiere estar con su madre.”

CUATRO.- “En estas condiciones es absolutamente normal que Cristian tenga ataques de ansiedad y que sea delicada su situación psicológica.”



CONCLUYENDO EN DECIR: “De este modo, y en interés del mismo no puede sino suspenderse provisionalmente por el periodo de treinta días el régimen de visitas establecido a favor del padre, exhortando a éste a que reflexione y considere la posición que está adoptando en su contencioso con la Sra Padillo en orden a un desarrollo adecuando de la personalidad de su hijo.”





Que dicha sentencia se dictaminó sin el pertinente informe psicológico, asegurándose de tales “acusaciones”
Que se me ha impedido cumplir con las “obligaciones” que ha de desempeñar un padre.
Que se ha impedido, con esta sentencia, la relación del MENOR con toda la familia paterna.
Que con todo esto, se me calumnia, se me injuria, se me cuestiona como buen padre, así como se he humilla de la forma más cruel posible.

SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por formulada la presente DENUNCIA, admitiéndola a trámite y ordenando la incoación de las oportunas diligencias para la investigación de los hechos expuestos. Y, COMUNICADA LA MISMA, SE DICTE OPORTUNA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE RESUELVA LA PRESENTE.

Que se HA VULNERADO EL SUPREMO INTERÉS DEL MENOR.
Que ha sido dañado el principio FAVOR FILII de mi hijo CRISTIAN.
Que se ha prohibido durante DOS MESES Y MEDIO el vínculo PATERNO-FILIAL, SIN JUSTIFICACIÓN ALGUNA.
Que se me ha impedido cumplir con las “obligaciones” y “deberes” que ha de desempeñar un padre.
Que se ha impedido, con tal Sentencia, la relación del MENOR con toda la familia paterna.
Que con todo esto me siento calumniado, injuriado, y se me cuestiona como buen padre, así como se me humilla de la forma más cruel posible.
Sírvase admitir, copia de la sentencia, recurso de apelación, así como la pertinente queja a título particular ante tal sentencia. Así como informe del SATAV.
En Barcelona, a 25 de febrero de 2004.
JUAN RAMÍREZ ESTÉVEZ
(615-44-88-32)
02/03/2004 07:55
Muy Sr. mío, la sentencia penal que vd. transcribe enl lo que le interesa (por otra parte) no puede ser más acertada, lógica, coherente y humana. Si vd. durante los trámites contenciosos con su esposa ha utilizado al menor llevándolo a distintos psicólogos en orden a que éstos dictaminaran que el niño estaba mejor con vd. en vez de con su madre y sin recabar el consentimiento del otro progenitor para dichos actos médicos, es indudable, que vd. ha utilizado y manipulado al menor colocándolo en una difícil situación que podrá desencadenar en el niño un conflicto de lealtades respecto de las figuras de sus padres, hundiéndolo en crisis de ansiedad, inseguridad y miedos.

La medida cautelar civil acordada en el proceso penal es perfectamente viable al amparo de lo dispuesto en el art. 158 CC.y para adoptarla tan solo sería necesario un principio de prueba que llevase al convencimiento del juez que el niño puede sufrir un perjuicio o riesgo grave.

Por otro lado, la defensa que tiene vd. frente a las sentencias son los recursos (que para eso están) no las denuncias al juez de instrucción y, mucho menos, su traslado y transcripción a un foro público dando los datos personales del juez que vd. dice haber denunciado. Eso denota una imprudencia notable por su parte y justifica en cierta forma la sentencia que se ha dictado en interés del hijo menor de edad. Además, la manera de trasladar su problema a este foro puede traerle también consecuencias nefastas en la medida que vd. acusa a un profesional (cuyos datos ofrece de manera abierta en internet) sin pruebas de ninguna clase y además, por lo poco que vd. relata, sin llevar la más mínima razón.

La sentencia (que a mi juicio se queda corta), en lo referente a la medida cautelar civil, es además humana y no destructiva de relaciones de ningún tipo, todo ello, en la medida que se le invita a reflexionar sobre su conducta, exhorto éste que al parecer no va a ser posible que vd. atienda ni por bien propio, ni por el de su hijo menor de edad.

Un saludo.
02/03/2004 09:21
Estoy totalmente de acuerdo con alegato, si lo que prima es el "favor filii", no pueden ser atentidas, incluso deben ser castigadas sus hazañas en orden a manipular psicológicamente a su hijo para que diga que está mejor con su padre, pues ésto genera sin duda una fuerte inestabilidad emocional para su hijo.

Por otra parte tambien te entiendo como padre que soy, en que te muevas en todos los sentidos para obtener resultados favorables para conseguir estar con tu hijo, pero estudia antes las posibilidades, consulta con un abogado que te oriente, que en tu caso veo que es fundamental. Seguro que de haber consultado con un abogado no hubieses denunciado a un juez, sino que hubieses recurrido la sentencia, diciendo y alegando lo que en tu defesa y derecho hubieses conseguido.

Por tanto, tranquilo, medita lo que haces, intenta retirar esa denuncia que has interpuesto, busca un abogado y si quieres y no sufras por tu hijo porque da la impresión que él está mejor que tú.

Un saludo.
02/03/2004 13:58
¿ y no es esto lo que la mayoria de las mujeres realizan por sistema? denunciar falsamente en muchos casos y poner al hijo o hijos en contra del padre impunemente?¿?¿?¿... no creo que sea incierto lo que relata juan ramirez, en todo caso como no lo he visto no me pronuncio..¿ han visto ustedes los hechos de primera mano y con sus ojos para pronunciarse y darle a él por culpable?¿?

lo que me indigna es que si hay una grandisima cantidad de mujeres que si lo hacen por sistema, denunciando de abusos sexuales falsos a sus maridos, de malos tratos falsos a sus maridos, alinenado a sus hijos contra los padres y son !!!ABSOLUTAMENTE IMPUNES!! que para eso son mujeres.............
02/03/2004 18:50
..¿ han visto usted los hechos de primera mano y con sus ojos para pronunciarse y darle a él por inocente?¿?

El juez parece que no, y por tanto la opinión de usted y la mía poco importan.
02/03/2004 23:15
juan, de lo que te han acusado se llama síndrome de alineación parental (PAS) y es considerado como una forma de maltrato infantil; no se las pruebas que puedan existir hacia tí, pero supongo que si un juez imparcial te ha condenado es porque ha oido a esos profesionales a los que dice tu has acudido para pedir informes falsos.
si has sido injustamente condenado, es posible que sientas el dolor de víctima de una de las mayores atrocidades, pero eso no te ayudará nada (es un falso consuelo) y estoy de acuerdo contigo que no debería afectar a tus relaciones (y las de tu familia) con tu hijo.
Si la condena es acertada, te sugiero pongas en el buscador "sindrome de alienacion parental" y evalues el daño que puede sufrir tu hijo, ya se que surgirán voces críticas a que es algo que habitualmente hacen las mujeres (incluso así está descrito), pero lo que hagan otras personas no justifican el daño que pueda sufrir tu hijo.
En cualquier caso, tu situación es una de las lamentables consecuencias habituales de un sistema legal/judicial suficiente para dar respuesta a las demandas de las familias.
Suerte,