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Mayoría o Unanimidad

50 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 50 comentarios
21/06/2006 15:10
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
21/06/2006 15:07
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
21/06/2006 14:57
Cuidado con citar a diversos autores, Calamendrei proviene de un sistema jurídico muy diferente.
Es como si me citas partes del debate Dworkin-Hart, donde uno indicaba que los jueces deben realizar sus funciones como meros aplicadores, como una suma matemática y el otro sostenia que podían salirse de las normas, es muy interesante, el problema es que provenían de países con sistemas diferentes al nuestro.
perfil pp
21/06/2006 14:51
Fue fuerte mi argumento de la jurisprudencia crea leyes, lo que queria decir, porq aqui hay que estar con cuidado, ya que si no saltan los lobos a la presa,es que las jurisprudencias cubren las lagunas de las leyes.
Hay que partir de la base de que los juzgadores deben ser "verdaderos creadores de la regla jurídica", y que sus fallos deben adecuarse con estabilidad, pues "la estabilidad de la jurisprudencia tiene la gran ventaja de asegurar la estabilidad de las relaciones jurídicas. Los particulares, en sus transacciones, deben forzosa y lógicamente contar con ella y partir de la base que cuando los tribunales declaran la validez o la nulidad de una disposición legal, no es para consagrar al día siguiente una solución contraria. Para asegurar la estabilidad de la jurisprudencia se ha creado, en la generalidad de los países, el llamado recurso de casación" .
Al plantear y encarecer las ventajas que mediante los precedentes -la jurisprudencia-, se obtienen para la justicia de las normas de derecho objetivo, se pronuncia Calamandrei -especialmente en ciertas cuestiones de derecho procesal-, por preferir una jurisprudencia constante a una jurisprudencia justa, "porque solamente cuando las normas jurídicas que establecen formalidades procesales estén ya aclaradas y precisadas de un modo cierto por una jurisprudencia constante, los litigantes tendrán la posibilidad de atenerse escrupulosamente a ellas y de precaverse así contra el peligro de nulidades y decadencias".
21/06/2006 14:08
Así le va el la vida, sin estudios, sin carrera profesional, sin trabajar...se vive muy bien de los demás.
21/06/2006 14:04
Cuánta ignoracia!!! lo peor es no asumir que se debe aprender y creerse autosuficiente y que lo diga gente que dejó al comienzo sus estudios, vamos, que no tiene estudios.
21/06/2006 14:00
Entonces cuando un@ comuner@ acuda a una junta para tratar/aprobar acuerdos, ¿que es lo que tiene que saber? la LPH. o todo lo que se estudia en la carrera de derecho. Lo digo mas bien, porque entonces el Admi (estudios? Menos que yo) debería llevar su abogado, y cada comunero el suyo. Porque cada cual tendrá que defender los interesen de su cliente. No creo que el abogado del Adm. vaya ha defender los derechos del comunero que no está de acuerdo con lo que dice (el Admi.)
Lo que tampoco entiendo es porqué, en el librito de la Ley de Propiedad Horizontal, no hay una nota advirtiendo que para poder interpretar los artículos (para mí facilísimo de interpretar, otra cosa es lo que le salga de las bolingas al Adm.,),menester sería estudiar la carrera de derecho.

Saludos cordiales.

P.D. Scarles que has comenzado los Estatutos en “juli”?, pues voy a seguirlos.
Otra cosa, Scarles, yo nunca he mandando ningún mensaje al correo de ningún fofista. (de ningún foro).

21/06/2006 13:16
Lo que he dicho cualquier profesional lo sabe y claro que lo tengo fresco, es lo que hago todos los días. Claro que he dicho algo, lo que es explica en la carrera, pero hace falta tener un mínimo de comprensión.
21/06/2006 13:13
El derecho no es sólo aprender a leer leyes, es aprender muchas otra cosas que evitan que se digan cosas como las que ha dicho, pp, entre ellas una de las mayores barbaridades que se pueden decir:

"sepa usted que la jurisprudencia crea leyes."

Lo que afirmas es que el Poder Judicial es un legislador?

La jurisprudencia no crea leyes nunca, es una barbaridad que ni un estudiante de derecho de primer día dirá. Las setencias no son vinculantes, eso sólo sucede en el sistema anglosajón o en los sistemas jurídicos abiertos, creo que algunos ven demasiadas películas americanas.

La jurisprudencia como fuente del Derecho sólo admite un pequeña excepción, las sentencias interpretativas del TC, pues esa setencias sí son vinculantes en cuanto a interpretación de la Constitución, pero no crean leyes.
21/06/2006 13:10
Esto que dices, Romeo, me da que pensar que, a la mayoría de los profesionales del derecho, se les ha olvidado gran parte de lo que estudiaron en primero de derecho que. Dicho sea de paso, tu lo tienes muy fresquito (el lenguaje jurídico), Estás en primero de derecho?.

Lo que has dicho te ha quedado precioso, pero, como siempre, pero creo que en el fondo no has dicho nada.
Saludos.

P.D. Y cuantas veces al día, dices, intervienes en el foro, Romeo?
21/06/2006 13:01
Podrá decir, pp, que no sepa interpretar algunas cosas de la LPH, pero no soy la única. Lo que no me puede decir es que la desconozca.
Después de tanto repetir y hablar de sus artículos(que no son tantos) me la sé casi de memoria.
El dosier que menciona lo tengo yo también (una copia).
Los Estatutos los he comenzado a copiar en "juli".
21/06/2006 12:21
Es que desconoces un principio básico, PP, el lenguaje jurídico no es igual al lenguaje coloquial, lo que una palabra en lenguaje coloquial significa una cosa, cuando se emplea en lenguaje jurídico, significa otra muy distinta, de hecho, eso se estudia en primero de Derecho en la asignatura de Teoría del Derecho donde es explica muy bien y se estudia la forma de interpretar y aplicar las leyes desde una perspectiva general, después cada asignatura te dará una visión del lenguaje de cada materia.
Creerse que leyendo podrás resolverlo, conlleva el problema de que no parte de un análisis crítico y por tanto da mayor margen al error.
perfil pp
21/06/2006 12:04
Por supuesto, diremos que el magistrado es bueno, cuando falle a nuestro favor, malo cuando no.
Por lo que queda claro que todos estamos en el saco, y todos nos podemos confundir, ley de vida.
21/06/2006 11:42
Si los mismos Magistrados no se ponen de acuerdo cuando leen las Leyes, vamos a saber nosotros más que ellos.
perfil pp
21/06/2006 11:39
El libro lo llamaremos AUTODIDACTAS,Reconozca que en todas partes encontraremos, arquitectos buenos y malos, medicos buenos y malos, abogados buenos y malos, y ahí estan con sus carreras.
Pues habrá gente que sepa leer y entender , desgraciadamente otras no, por lo tanto es ley de vida, lo de ser bueno o malo.
20/06/2006 17:16
Gracias a afirmaciones como estas: -si sabemos leer las leyes, no necesito un abogado- es por lo que hay más pleitos. No hay nada más peligroso que alguien que se cree eso, es el que después tiene o genera más problemas jurídicos.
Las leyes no sólo hace falta -leerlas- hace falta comprenderlas y saber interpretarlas, muchas veces se deben poner en conjunto con otras leyes para saber qué quieren decir.
Tampoco nos hace faltan médicos o arquitectos, con saber leer los manuales todos podemos curar o hacer casas.
A partir de ahora se van a suprimir todas las carreras y se van a sustituir por libros tipo Hágaselo Usted mismo.
perfil pp
20/06/2006 15:41
No hay nada de liante, lo que pasa que usted desconoce la ley de propiedad horizontal.
Se necesita unanimidad para los acuerdos que sean contrarios a la ley o al título constitutivo.
Por lo que, si en el Título se recoje, el derecho de crearse subcomunidades, ya no se necesita la unanimidad, sino la mayoria de los propietarios que integren dicho portal.
No confunda usted los estatutos con los acuerdos de las juntas.
Existe un dossier al que se le llama división horizontal, lo tiene que tener el administrador en su poder, pero es de interes para todo propietario, usted como propietaria puede solicitarlo, para leerlo.
Ahi vendrá los pisos que componen la urbanización y los coeficientes de cada propiedad, despues de describir la finca, apareceran los estatutos, que le indicará como se efectura los pagos y demás, como así si existe el derecho de crearse en subcomunidad por portales.
En el nuestro por ej dice: se podrán crear tantas comunidades/subcomunidades como portales tenga un bloque.
Pues eso, si figura en ese libro, pues con la mayoria le basta.
Y si no, pues necesita la unanimidad.
No obstante comentarle que, existen jurisprudencias del tribunal supremo sobre el derecho de crearse en subcomunidades, alegando que no es ni ilogico ni desorbitado y que se viene recojiendo desde el siglo pasado. Que sepa usted que la jurisprudencia crea leyes.
Salvo mejor opinión , ahí esta la mía
20/06/2006 14:23
Lo que no entiendo pp es ¿por qué dices que si está en los Estatutos hace falta mayoría?
Lo que dice el Estatuto ¿no es de por sí ya válido sin tener que decidirlo otra vez por mayoría?
¿Acaso al estar en el Estatuto no se entiende que lo han suscrito todos los propietarios y es unanimidad?
Entonces, yo como presidenta, puedo o debo convocar una Junta (entre nosotros, os lo pregunto a vosotros porque creo que el administrador como tiene intereses creados evade y se evade) con el siguiente orden del día:
Constitución en subcomunidades.
¿Es así válido? ¿Añadiríais algo?
La razón de los dos o tres que no quieren es que va a suponer mucho gasto porque hay que abrir cartillas diferentes en cada subcomunidad y eso supone más gastos bancarios, etc y luego el gasto de registrar las subcomunidades.
¿Tanto gasto es eso que pueda suponer una desventaja?
Mirad, ahora mismo ¡hay un lío!
Cada portal(tal como lo hace el administrador) tiene un presupuesto y el garaje otro.
Por ejemplo en cada portal:
Ascensor: 2000 euros
Limpieza: 1300 euros
Electricidad: 600 euros
Agua: 200 euros
Reparaciones varias: 500 euros
Así de todos los portales y otro tanto con el garaje.
Después un bloque para gastos generales:
Honorarios de administrador: 4000 euros
Correos y gastos bancarios: 300 euros

Otro bloque para viviendas y oficinas que hacen uso de calefacción y ACS:
Mantenimiento de caldera: 1500 euros
gas: 18000 euros
electricidad: 1800 euros
agua: 1000 euros
Reparaciones varias 500 euros (esto en todos los grupos)
Otro bloque para telecomunicaciones con sus gastos correspondientes (todo por coeficiente) etc.
más las reparaciones varias .
Después haya el 5% del presupuesto total (casi 3000 euros) y ya está.
Acaba el año y no queda dinero. Hay que adelantar la cuota del siguiente trimestre.
¿Cómo se va a liquidar?
Del dinero que se ha puesto en cada portal, algunos portales han gastado menos que otros, sobre todo en lo que se refiere a reparaciones, algunos no han gastado todo porque las facturas de reparaciones asciende a 100 euros el que más. Esto ¿qué quiere decir? que el dinero que se había puesto para destinarlo a las reparaciones de ese portal se ha utilizado para otra cuestión. La prueba es que ya no está.
¿No debería estar ese dinero sobrante en ese portal?
o
¿el especificar separadamente por bloques es un paripé y al fin y al cabo está todo mezclado al motrollón motrollón? Y ¿todos ponemos el dinero uno para todos y todos para uno?

Ya me podéis perdonar, hoy estoy liante.


20/06/2006 13:49
aunque esté conforme con la opinión de pp respecto de este tema concreto, no lo estaría tanto sobre "saber leer las leyes". Saber leer sabemos todos y las leyes ahí están al alcance de todos, si fuera por eso no habría pleitos porque estaría todo muy claro, aunque haya abogados (no creo que muchos) que digan que hay temas ganados y luego los pierdan.
Entiendo la duda de Anastasia, y por eso mi recomendación es que le pidas al administrador razones para lo que dice, y si no te hace caso o no te convencen las que te de, pidele por escrito que en la próxima junta se trate el tema.
saludos
perfil pp
20/06/2006 13:36
Por supuesto que podeis, si está en la división horizontal, en sus estatutos, por mayoría, y si no lo está, pues por unanimidad.
Lo que le pasa a su administrador es que se podría quedar sin el chollo de administrar al conjunto, y que sea abogado, me da igual, eso no quiere decir nada, si sabemos leer las leyes, no necesito un abogado, necesitaré un abogado cuando entre en un tema que no domine.
¿cuantos abogados pierden juicios , que te dicen que estan ganados?
lo único que es ganado , es el conjunto de vacas