Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Mayoría o Unanimidad

50 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 50 comentarios
21/06/2006 13:01
Podrá decir, pp, que no sepa interpretar algunas cosas de la LPH, pero no soy la única. Lo que no me puede decir es que la desconozca.
Después de tanto repetir y hablar de sus artículos(que no son tantos) me la sé casi de memoria.
El dosier que menciona lo tengo yo también (una copia).
Los Estatutos los he comenzado a copiar en "juli".
21/06/2006 13:10
Esto que dices, Romeo, me da que pensar que, a la mayoría de los profesionales del derecho, se les ha olvidado gran parte de lo que estudiaron en primero de derecho que. Dicho sea de paso, tu lo tienes muy fresquito (el lenguaje jurídico), Estás en primero de derecho?.

Lo que has dicho te ha quedado precioso, pero, como siempre, pero creo que en el fondo no has dicho nada.
Saludos.

P.D. Y cuantas veces al día, dices, intervienes en el foro, Romeo?
21/06/2006 13:13
El derecho no es sólo aprender a leer leyes, es aprender muchas otra cosas que evitan que se digan cosas como las que ha dicho, pp, entre ellas una de las mayores barbaridades que se pueden decir:

"sepa usted que la jurisprudencia crea leyes."

Lo que afirmas es que el Poder Judicial es un legislador?

La jurisprudencia no crea leyes nunca, es una barbaridad que ni un estudiante de derecho de primer día dirá. Las setencias no son vinculantes, eso sólo sucede en el sistema anglosajón o en los sistemas jurídicos abiertos, creo que algunos ven demasiadas películas americanas.

La jurisprudencia como fuente del Derecho sólo admite un pequeña excepción, las sentencias interpretativas del TC, pues esa setencias sí son vinculantes en cuanto a interpretación de la Constitución, pero no crean leyes.
21/06/2006 13:16
Lo que he dicho cualquier profesional lo sabe y claro que lo tengo fresco, es lo que hago todos los días. Claro que he dicho algo, lo que es explica en la carrera, pero hace falta tener un mínimo de comprensión.
21/06/2006 14:00
Entonces cuando un@ comuner@ acuda a una junta para tratar/aprobar acuerdos, ¿que es lo que tiene que saber? la LPH. o todo lo que se estudia en la carrera de derecho. Lo digo mas bien, porque entonces el Admi (estudios? Menos que yo) debería llevar su abogado, y cada comunero el suyo. Porque cada cual tendrá que defender los interesen de su cliente. No creo que el abogado del Adm. vaya ha defender los derechos del comunero que no está de acuerdo con lo que dice (el Admi.)
Lo que tampoco entiendo es porqué, en el librito de la Ley de Propiedad Horizontal, no hay una nota advirtiendo que para poder interpretar los artículos (para mí facilísimo de interpretar, otra cosa es lo que le salga de las bolingas al Adm.,),menester sería estudiar la carrera de derecho.

Saludos cordiales.

P.D. Scarles que has comenzado los Estatutos en “juli”?, pues voy a seguirlos.
Otra cosa, Scarles, yo nunca he mandando ningún mensaje al correo de ningún fofista. (de ningún foro).

21/06/2006 14:04
Cuánta ignoracia!!! lo peor es no asumir que se debe aprender y creerse autosuficiente y que lo diga gente que dejó al comienzo sus estudios, vamos, que no tiene estudios.
21/06/2006 14:08
Así le va el la vida, sin estudios, sin carrera profesional, sin trabajar...se vive muy bien de los demás.
perfil pp
21/06/2006 14:51
Fue fuerte mi argumento de la jurisprudencia crea leyes, lo que queria decir, porq aqui hay que estar con cuidado, ya que si no saltan los lobos a la presa,es que las jurisprudencias cubren las lagunas de las leyes.
Hay que partir de la base de que los juzgadores deben ser "verdaderos creadores de la regla jurídica", y que sus fallos deben adecuarse con estabilidad, pues "la estabilidad de la jurisprudencia tiene la gran ventaja de asegurar la estabilidad de las relaciones jurídicas. Los particulares, en sus transacciones, deben forzosa y lógicamente contar con ella y partir de la base que cuando los tribunales declaran la validez o la nulidad de una disposición legal, no es para consagrar al día siguiente una solución contraria. Para asegurar la estabilidad de la jurisprudencia se ha creado, en la generalidad de los países, el llamado recurso de casación" .
Al plantear y encarecer las ventajas que mediante los precedentes -la jurisprudencia-, se obtienen para la justicia de las normas de derecho objetivo, se pronuncia Calamandrei -especialmente en ciertas cuestiones de derecho procesal-, por preferir una jurisprudencia constante a una jurisprudencia justa, "porque solamente cuando las normas jurídicas que establecen formalidades procesales estén ya aclaradas y precisadas de un modo cierto por una jurisprudencia constante, los litigantes tendrán la posibilidad de atenerse escrupulosamente a ellas y de precaverse así contra el peligro de nulidades y decadencias".
21/06/2006 14:57
Cuidado con citar a diversos autores, Calamendrei proviene de un sistema jurídico muy diferente.
Es como si me citas partes del debate Dworkin-Hart, donde uno indicaba que los jueces deben realizar sus funciones como meros aplicadores, como una suma matemática y el otro sostenia que podían salirse de las normas, es muy interesante, el problema es que provenían de países con sistemas diferentes al nuestro.
21/06/2006 15:07
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
21/06/2006 15:10
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
21/06/2006 15:12
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
perfil pp
21/06/2006 15:23
En que art de la Ley de Propiedad está el c..o que nombra Maria Rosa, es acaso parte de la Junta Directiva?
Se han incrementado los art de la lph, y yo sin enterarme?
21/06/2006 15:32
Es cosa de la jurisprudencia.
21/06/2006 16:04
María Rosa:
Me dices a MÍ,que no has mandado ningún mensaje al correo de ningún forista de ningún foro.
Pues perfecto. Perfecto también si fuera lo contrario. ¿Por qué cuentas esto?
Yo sólo he mandado un correo (a través de Internet, cartas envío muchas) en toda mi vida y ha sido a Justa para pedirle disculpas por algo, pero he pensado que no llegaría pues al ser el primero es posible que lo enviase mal.
Te parecerá increible pero no lo es.
La verdad es que para comunicarme siempre he preferido la típica carta o el teléfono, exceptuando, como es evidente este foro en el cual me siento agusto sin saber exactamente el porqué.
Saludos al foro
21/06/2006 17:56
Aparte del lío que se ha formado, Soli, ¿para que c..os quieren hacer subcomunidades?.

Eso, al final, acaba en guerra civil.
21/06/2006 22:26
¿Y cómo lo sabes tú que acaba mal? ¿Acaso tienes experiencia?
La crítica está muy bien pero ¿tiene base fundamentada? (si has pasado por ello)
Si es así, la mejor ayuda que nos podrías ofrecer es contarla.
¡Cómo vamos a saber si es algo negativo si nadie explica cómo le ha ido!
21/06/2006 22:28
Perdón. ¿Cómo lo sabe usted?
perfil pp
22/06/2006 08:54
Por experiencia, se han creado subcomunidades, ya que cuando eramos una comunidad única, nunca habia dinero, se invertía mas dinero en algunos portales que en otros, ya que la gente de aquellos eran menos cuidadosos, mas morosos etc etc.
A partir de la creación de estas subcomunidades, las cuentas mas claras, ya que eramos menos vecinos, nos quitamos al administrador, ya que para controlar 16 ingresos, no era necesario.
La gente asistia a las reuniones, ya que no duraban horas, como las anteriores.
Se hicieron mas conscientes, ya que todo lo que se rompiese, salía de sus bolsillos rapidamente para subsanarlo.
la limpieza que teniamos tres veces por semana, pasó a dos, se ensuciaba menos.
etc etc etc
Ahora mismo hay subcomunidades, que hasta sin administrador, cuenta con mas fondo, que las que se quedaron unidas, por lo expuesto, y por la experiencia, nosotros solo hemos obtenido ventajas.
Además de participación.
22/06/2006 10:26
Autor: Romeo Fecha: 21/06/2006


"Es que desconoces un principio básico, PP, el lenguaje jurídico no es igual al lenguaje coloquial, lo que una palabra en lenguaje coloquial significa una cosa, cuando se emplea en lenguaje jurídico, significa otra muy distinta, de hecho, eso se estudia en primero de Derecho en la asignatura de Teoría del Derecho donde es explica muy bien y se estudia la forma de interpretar y aplicar las leyes desde una perspectiva general, después cada asignatura te dará una visión del lenguaje de cada materia.
Creerse que leyendo podrás resolverlo, conlleva el problema de que no parte de un análisis crítico y por tanto da mayor margen al error".


¿De verdad que se estudia eso en teoria del Derecho en primero de carrera? Madre mia como han cambiado los planes de estudio desde mi epoca.