La obra resulta que no quieren pagarla. La junta ordinaria ya se celebró como usted dice . Voy a pedir presupuesto y presentarla en el mes de abril en junta extraordinaria , el problema es que nadie excepto yo quiere hacer el arreglo, y encima es que son unos miserias es muy poca fachada , estoy pensando pagarlo yo y luego reclamarlo a todos los vecinos judicialmente.
Yo lo que no quiero que en la inspección que nos toca y nos obligarán al arreglo por que implica seguridad me pongan una multa por no hacerlo , debido que los demás no quieren.
Respecto a la manera de sufragar la obra, ¿cómo tienen pensado hacerlo? ¿Mediante el "extra" de la cuota? ¿O pagando ustedes primero?
Le aconsejo que en Junta aprueben realizar las obras de mantenimiento y aprueben, igualmente, presupuesto que hayan solicitado para reparar la fachada, así como la derrama que debe hacer frente cada propietario.
Esto teniendo en cuenta lo que le he comentado anteriormente sobre el quorum de asistencia a las juntas. Y sobre todo, acuérdense de documentarlo todo en acta, pues de no hacerlo así el resto de propietarios podrían impugnar los acuerdos.
Solo un apunte más, en cuanto a la convocatoria, realicen una carta donde diga que por decision del quorum necesario se convoca junta extraordinaria (imagino, ya que posiblemente ya hayan celebrado la ordinaria) con el siguiente punto del día (....), a x hora en Z lugar. Es requisito indispensable para que la convocatoria sea legal.
Me es de gran ayuda, ya que este año toca inspección y hay que arreglar la fachada, y el problema es que yo soy el único que quiere arreglarla y no quiero que el ayuntamiento me multe por culpa de los demás vecinos.
Buenos días Zeus. Respecto a la convocatoria, asistencia y adopción de acuerdos en Junta de propietarios:
La convocatoria de la Junta le corresponde al presidente una vez al año o tantas veces como quiera. También puede ser convocada por un grupo de vecinos, siempre que sean al menos una cuarta parte del total o que representen al menos el 25% de la cuota de participación (si son 4 vecinos, con que uno solo quiera convocar Junta, puede hacerlo, pues ya supone el 1/4 del total).
Para la adopción de acuerdos, hace falta que estén presentes como mínimo LA MITAD MÁS UNO de los propietarios y que además representen más del 50% de la cuota de participación. Si no se da ese quorum, podrá convocarse en segunda convocatoria la Junta sin que sea necesrio este requisito de quorum. La segunda convocatoria debe celebrarse como mínimo con media hora de margen. (en su caso, si solo asisten dos propietarios, no pueden celebrar la junta pues son sólo la mitad, y requiere mitad más uno; sin embargo, transcurrida media hora si podrían celebrarla. Ojo, deben hacer acta de la Junta y plasmar en dicha acta que la primera convocatoria queda desierta por falta del quorum necesario, así mismo hacer constar que se celebra junta en segunda convocatoria con la asistencia de X y Z propietarios).
y para la validez del acuerdo, tanto de subir la cuota como para reducir su importe, bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. Si la Junta de Propietarios se celebra en segunda convocatoria será válido el acuerdo adoptado por la mayoría de los ASISTENTES, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad de las cuotas de los presentes.
Somos 4 vecinos en la comunidad y en la reunión solo nos presentemos dos vecinos.
Yo soy nuevo en la comunidad. Expongo.
1. la fachada trasera esta destrozada y a mi me entran humedades y agua cuando llueve debido que el rebozado se esta cayendo y debajo vive gente con el peligro que caigan casquetes en sus cabezas.
He visto en las actas que en el 2004 y 2006 se aprobó el arreglo de la fachada pero no se arreglo. Este año tenemos inspección del ayuntamiento.
Yo soy el único que quiere pagar y arreglarla, pero no hay manera y estoy pensando de ir al ayuntamiento para pedir la inspección,. ¿qué puedo hacre para que no me multen si yo quiero arreglarla? ¿puedo pagarlo yo y después judicialmente pedir a los vecinos que me paguen? ....¿Qué puedo hacer?.
2. Los dos vecino que nos reunimos aprobemos subir las cuotas indefinidamente 30€ más cada mes, es legal, se puede hacer la subida aprobada solo con la mitad de vecinos.