1. Si se van a cargar una habitación de cada vivienda, hace falta el consentimiento expreso de cada uno de los propietarios afectados, tenga un tres o un 0,0000003.
2. Como quieren cambiar la configuración estructural del edificio, en principo tendrán que recabar la unanimidad.
3. La LPH cuando habla de propiedad, no diferencia entre viviendas, locales o garajes.
Mayoria necesaria para instalación de ascensor en patio interior y ampliación del edificio
Somos una comunidad en la cual varios vecinos han planteado la siguiente propuesta:
en un patio interior de 10 metros de ancho (que es la fachada interior del edificio), por 7,8 metros de fondo, quieren construir un núcleo o torre de escaleras y su ascensor en una esquina del fondo de este patio. Para conectar los pisos desde ese nuevo núcleo, es necesario proceder a la ampliación del edificio por una de las habitaciones que da al patio y así conectar con las escaleras y el nuevo portal. Al mismo tiempo, se procedería a demoler el antiguo núcleo de escaleras y convertirlo en una nueva habitación para las viviendas.
La duda es la siguiente:
Qué mayoría es necesaria para aprobar la construcción del nuevo núcleo: basta con la mayoría típica de 3/5 de propietarios y cuota como para cualquier ascensor o es necesaria unanimidad teniendo en cuenta que se ocupa un patio de luces y además se procede una ampliación aproximada del 30% en la superficie útil del edificio.
El problema es que un propietario de una plaza de garaje en la finca, pero que no es propietario de vivienda, tiene una cuota aproximada de un tres por ciento en la comunidad y no sabemos si necesitamos su consentimiento o no para realizar esta obra. El patio se comunica con el garaje por un portón de servicio, pero sólo tiene hasta ahora la utilidad de patio de luces, no siendo utilizado por los propietarios del garaje en ningún caso.
Gracias a todos.