Llevo mucho tiempo buscando una respuesta que me convenza.
Tengo una amiga con 56 años de edad.
Lleva dos años pagando el convenio especial, doscientos y pico de euros al mes.
Con estas cotizaciones al convenio especial pretende completar los 15 años que se exigen para solicitar este subsidio de nivel asistencial.
Yo le he informado de que cuando complete los 15 años pagando el convenio especial, deberá buscar un contrato de trabajo como minimo de tres meses y si es de seis meses mejor, al extinguirse el contrato se encontrara en situacion legal de desempleo y podrá solicitar el subsidio.
Los demás requisito los cumple todos.
Lo que no tengo seguro es si el convenio especial que esta pagando le sirve para completar hasta los 15 años.
La respuesta no será fácil, pues a veces no lo saben ni siquiera en SEPE ni en INSS, como maximo te dicen que llames por teléfono.
si alguien lo sabe, me haría un gran favor, ya que mi amiga siempre me esta preguntando. Yo como ya he comentado le comunico que cuando complete los 15 años que busque un contrato se trabajo y al extinguirse solicitaremos el subsidio, a ver que pasa.
Un saludo
En los requisitos que figuran en "la guía informativa" pone:
"Cumplir todos los requisitos salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social"
Por lo tanto, de la misma manera que se puede acceder a la jubilación, habiendo cotizado mediante un convenio especial con la Seguridad Social (siempre que se haya cotizado 15 años, 2 de los cuales en los últimos 15 años antes del hecho causante), no debería tener problema.
Claro, que, como dices, para poder solicitar el subsidio, deberá conseguir un trabajo de, al menos, 3 meses y, a ser posible, a tiempo completo para cobrar los 427€.
Entiendo que el convenio especial está para ayudar a cumplir este requisito. La respuesta se la da el INSS al SEPE. El SEPE le envía un oficio al INSS para saber sí cumple, salvo la edad, el requisito para la jubilación. Lo que diga el INSS va a misa. Por lo tanto, el SEPE poco puede ayudar en este aspecto. Si se diese una respesta negativa en este requisito, sin oficio del INSS que aclare el cumplimiento no habría subsidio y tendría que ser el trabajador el que aclarase con el INSS este tema si no está de acuerdo con la resolución que le ha comunico en su oficio al SEPE.
En cuanto a la vía de acceso, lo que ya sabemos. Mínimo tres meses COTIZADOS A DESEMPLEO (no vale trabajar como autónomo o por cuenta ajena sin cotizar a desempleo) y preferentemente en un contrato a tiempo completo como apunta amperio.
Saludos.