Muchas gracias por su rápida respuesta la verdad quedo un poco mas tranquila , esto q me puede ocurrir me lo han dicho el día 11 d este mismo mes ,ahora nos han dado cita en el juzgado para febrero del 2013 a la cual debemos acudir solos y donde nos preguntaran algunas cosas del uno y del otro, podría llegarme una multa o una carta de expulsión antes d la boda? Porque veo q tardará. Y que puedo hacer?
La competencia del Encargado del Registro Civil se circunscribe a enjuiciar la capacidad matrimonial, conforme al Derecho español y a determinar que el consentimiento matrimonial será auténtico y no simulado (matrimonio de complacencia). Pero no tiene competencias en materia de Extranjería. Sin embargo, al ser funcionario público y estar a cargo del Registro Civil, que depende del Ministerio de Justicia e integra la Administración General del Estado, viene obligado a transmitir y poner en conocimiento del órgano competente en materia de Extranjería, que del expediente previo matrimonial, se desprende la estancia en España de un extranjero extracomunitario en situación irregular, lo cual constituye una infracción administrativa. Pero ahí termina su intervención en el asunto.
Será la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, la que, recibida la información del Encargado del Registro Civil, proceda a incoar el correspondiente expediente administrativo sancionador y a imponer la sanción que corresponda, de acuerdo con la Ley. Por estancia en España en situación irregular, la sanción prevista es la multa y atendiendo al principio de proporcionalidad, en determinados casos, la expulsión.
Si ya está cumplido todo el expediente, debería hacer uso de la posibilidad de contraer matrimonio, dentro de los tres días siguientes a la finalización, ante el mismo Encargado del Registro Civil, para que tenga inmediatamente el certificado literal de inscripción del matrimonio en el Registro Civil. De esta manera, ante el evento de que se incoee un procedimiento administrativo sancionador, el hecho del matrimonio hará desaparecer el objeto, pues las circunstancias habrán variado sustancialmente: ya no será una simple extranjera extracomunitaria en situación irregular, sino la cónyuge de un español, que la hará hallarse cubierta por el régimen comunitario.
Dependerá mucho de la agilidad con la que se muevan su novio y usted, para hallarse bajo el ámbito subjetivo de aplicación del régimen comunitario y así contrarrestar cualquier expediente sancionador.
Mi consulta es la siguiente, soy uruguaya hace mas de dos años q vivo en España estoy en situación ilegal, con mi novio que es español el cual hace mas de un año vivimos juntos , hemos tramitado todo para casarnos , en el juzgado me han dicho q ahora ellos tienen q enviar un documento a la policía nacional donde informa d mi situación irregular y de ahí me enviaran una sanción económica de 3000 euros o una carta d expulsión, esto es posible? Que debo hacer? Muchas gracias.