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Matrimonio vs pareja de hecho, viudedad

2 Comentarios
 
Matrimonio vs pareja de hecho, viudedad
11/01/2022 15:51
Hola a todos,
Necesitaría una visión profesional del tema que a continuación planteo.
Mi madre y su pareja llevan viviendo juntos unos 37 años aproximadamente, sin haberse casado.
Mi madre está divorciada de mi padre desde hace unos 40 años, y la pareja de mi madre está separada desde hace otros tantos, pero no se divorció hasta hace unos tres años.
No han tenido hijos en común, pero por facilitar las cosas y por posibles pensiones, están barajando casarse o hacerse pareja de hecho.
Ambos están jubilados en este momento, cobrando sus respectivas pensiones.
Cómo les afectaría el matrimonio o la unión como pareja de hecho a efectos de una pensión de viudedad o de una herencia?
Mi padre está difunto, por lo tanto no sería perceptor de ninguna pensión de viudedad, pero en el caso de la ex mujer de la pareja de mi madre? Podría recibir pensión de viudedad? No se ha establecido ninguna pensión en su favor tras el divorcio, pero como tardó tanto en divorciarse, y mi madre y él no están casados, no sé si podría tener derecho a parte de la pensión de viudedad.
Mi madre tampoco recibe ninguna pensión de viudedad por mi padre.
Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.
12/01/2022 11:30
puli
Hola Puli,

Después del divorcio sólo se puede cobrar pensión de viudedad si se está cobrando pensión compensatoria en el momento del fallecimiento. Si el causante al fallecer se hubiera vuelto a casar, la pensión de viudedad se repartiría entre el/la ex que estuviera cobrando pensión compensatoria y el/la actual esposo/a.

Respecto a las parejas de hecho, en la recién aprobada ley de pensiones "Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones", se equiparan a los matrimonios, desde el 1 de enero de 2022. Se exige convivencia ininterrumpida no inferior a cinco años, salvo que haya hijos en común.

Le deseo mucha suerte.
13/01/2022 11:46
Los ex solo tienen derecho a pensión de viudedad si cobraban pensión compensatoria. Por tanto al no haberla si se casan (o si se hacen pareja de hecho, aunque se exige en este caso un tiempo de 5 años, que en este caso contaría a partir del divorcio) cuando fallezca uno el otro tendrá derecho a pensión de viudedad íntegra (si ambos trabajaban, si no solo el que no trabajaba).
Respecto a la herencia salvo en comunidades con régimen propio que lo tienen equiparado a las parejas de hecho, solo existe el matrimonio a efectos sucesorios. Dependerá de si hay testamento o no; si no lo hay y hay hijos heredarán en principio los hijos, salvo el cónyuge que tendrá derecho a 1/3 en usufructo, y si no hay hijos el cónyuge será el heredero universal (entiendo que no viven sus padres ya, tampoco). Si hay testamento la herencia será la que se diga en este, respetando las legítimas de los hijos si los hay (1/3 de legítima estricta y 1/3 de mejora en nuda propiedad).