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matrimonio no registrado en España

5 Comentarios
 
10/05/2011 14:29
Según las normas de derecho han de ser presentadas a la demanda de la Separación el " Certificado de matrimonio ".
Esto no ocurrió.
Además la sentencia se fundamenta en falsos hechos; dice que se contrajo matrimonio en el Consulado siendo este hecho demostrablemente falso.
10/05/2011 13:55
El matrimonio se separó a golpe de un Libro de Familia del Consulado de España y no con el Certificado de Matrimonio.

Todo ello me hace sospechar que el matrimonio no ha sido legalmente separado. De hecho: no consta su separación en el Registro Civil Central.
10/05/2011 13:43
Leido el Art. 107 del C.C.
El ya es español en el tiempo de la separación
10/05/2011 13:39
Estimado Condedecartagena: Muchas gracias por su contestación.
¿Como es la Ley en mi caso?
(Según mi experiencia, algún Juzgado de mi región está corrupto).
Soy española. El es peruano.
Según el Consulado del Perú en Madrid él consta como soltero. (he de confesar que él es una persona problemática)
!!!!No me deje por favor!!!!
10/05/2011 13:20
Hola. Si los jueces y tribunales españoles resultan competentes para conocer un asunto, pueden conocerlo y resolverlo. Y al ser una sentencia judicial firme, es de obligado cumplimiento.

Dependiendo del caso, podría haber resultado aplicable la ley del lugar de la celebración o no ser ella aplicable, sino la ley española, en virtud de lo dispuesto en el Código Civil sobre la ley aplicable a la separación y el divorcio (art. 107 del Código Civil español)

Si dos extranjeros se han casado en país extranjero, no están obligados a inscribir el matrimonio en el Registro Civil español, ya que no resulta competente de acuerdo con lo dispuesto en al art. 15 de la Ley de Registro Civil: en el Registro Civil español se inscriben hechos que afecten a los españoles o los ocurridos en territorio español, aunque afecten a los extranjeros. Respecto de los hechos acaecidos en el extranjero, deben inscribirse únicamente cuando las inscripciones efectuadas en el Registro Civil de otro país deban servir de base a inscripciones marginales exigidas por el Derecho español.

Así, por ejemplo, que dos extranjeros casados entre sí se domicilien en España, no comporta que tengan que inscribir su matrimonio en el Registro Civil español. Pero si, por ejemplo, uno de ellos adquiere la nacionalidad española, entonces sí debe inscribirse en el Registro Civil español, tanto el nacimiento del sujeto, como la adquisición de la nacionalidad española y el matrimonio. Lo mismo si dos extranjeros casados en su país tienen hijos en España y se debe inscribir el nacimiento, sea que el hijo resulte extranjero o resulte español.

Un cordial saludo.
Matrimonio no registrado en españa
10/05/2011 12:02

MI pregunta a los expertos: ¿Se puede tomar en serio una sentencia de Separación (que sucedió en los Juzgados de España basándose en lo expuesto en un Libro de Familia) de un matrimonio que no fue registrado en el Registro Civil Central de España?