Hola,muchas gracias por responder, entonces ella lo único que tiene hacer es ir al consulado español de su ciudad en Ecuador, y justificar de alguna manera porque no pudo regresar a España tras 12 meses?si por cualquier cosa le denegaran la renovación...,¿si yo le envió una carta de invitación ella puede venir a España sin necesidad de un visado?
Gracias y un cordial saludo.
Si tiene una tarjeta de residencia de LARGA DURACIÓN lo que debe hacer es un proceso de recuperación de la misma.
Ese proceso se hace en el Consulado Español de su país de origen y debe presentar la documentación que le soliciten ellos pero lo básico esta en justificar:
Es la recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración, en estos supuestos:
** Cuando la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos.
** Cuando la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la adquisición de la residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro.
** Cuando el extranjero residente de larga duración regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno.
Con lo cual ella puede solicitar un Visado Código EXT por Recuperación de la Residencia de Larga Duración.
La residencia de larga duración nunca se pierde es como tener los mismos derechos que los españoles, ahora bien debe justificar porque no pudo cumplir con lo establecido para volver a entrar al territorio español antes de la fecha tope (12meses).
Hola, tengo una duda, les explicaré mi problema,soy español conocí a una mujer de nacionalidad ecuatoriana empezamos una relación,por problemas familiares regreso a ecuador de eso hace un año, a pesar de la distancia seguimos enamorados, queremos casarnos, aquí viene el problema que no sabemos cómo hacerlo, ella tiene la tarjeta de larga duración, pero al haber estado más de un año fuera de España caduca eso tenemos entendido,¿entonces tendría que hacerse un visado para venir? Yo había pensado en una carta de invitación pero solo puede estar 90 días creo, luego está la opción de casarnos por poderes pero se demora mucho en el tiempo.
Alguien podría explicarme o aconsejarme sobre este tema.
Muchas gracias y un cordial saludo.