antes de nada agradecer a todos los que hacéis posible este foro, por toda la ayuda que brindais.
Os expongo mi caso, a ver si me podéis ofrecer una luz en este mar de dudas.
Soy española, viviendo en Malta, pero mi residencia figura a todos los efectos en España. Hace 2 años y medio que tengo relación con un ciudadano ghanés, que está viviendo en Malta en situación irregular.
Estamos planeando casarnos (en Malta) y aunque he leído bastante sobre el procedimiento para inscribir el matrimonio en el Registro Central de Madrid y despues solicitar el visado para entrar en España, no tengo noción alguna del procediento a seguir si lo que deseamos es seguir viviendo en Malta y como regularizar su situación.
He leído que una vez que el extranjero obtine la tarjeta de residencia por matrimonio con ciudadano comunitario si el español/a traslada su lugar de residencia a otro país su conyuge tiene derecho a acompañarlo. Podría por favor, alguien confirmarme si es esto así? en caso afirmativo, cuales son los pasos a seguir y el visado a solicitar?
Es decir si yo fijo mi residencia en Malta, qué visado tendría que pedir él para que le dejaran desplazarse a vivir conmigo en otro país de la UE, en este caso Malta?
Podría hacerse directamente desde Malta, o para solicitar este visado debemos esperar a que le concedan el visado de entrada en España y la tarjeta de residencia y después solicitar mi cambio de residencia y solicitar un nuevo visado para que él pueda trasladarse a vivir conmigo a otro país?
Muchas gracias de antemano y mis disculpas por tantas preguntas,
Rosa
1.- Primero has de casarte con él, es el paso indispensable para su legalización.
2.- Una vez que contraigan matrimonio, que pueden hacerlo en el consulado español en Malta (y ha de seguirse todo el procedimiento establecido tanto en el Código Civil como en la Ley y Reglamento de Registro Civil, es perfectamente posible que contraiga matrimonio cualquier persona, aunque esté en situación irregular, porque el derecho a contraer matrimonio es un derecho fundamental de la persona humana), con el acta de matrimonio inscrita puede él tramitar ya la tarjeta de residencia en régimen comunitario como familiar de ciudadano de la Unión Europea. Pero esto, si se casan según las leyes españolas, han de hacerlo en España.
3.- Una vez que él tenga su tarjeta de RÉGIMEN COMUNITARIO, como familiar de ciudadano de la Unión Europea, puede ir contigo a cualquier Estado miembro y vivir y trabajar en igualdad de condiciones, porque tiene una tarjeta de régimen comunitario. Con la tarjeta de RÉGIMEN COMUNITARIO no necesita ya de más solemnidad, ten presente que dentro de la Unión Europea no hay controles fronterizos, excepto en el Reino Unido e Irlanda.
4.- Si estás viviendo permanentemente en Malta, sería conveniente que te empadronaras como residente en Malta en el Consulado de España.
NOTA: Ten presente que a él le pedirán su certificado de nacimiento literal, actualizado, más una constancia documental de capacidad matrimonial según la ley de su país ( es decir, si es soltero, viudo o divorciado) y el certificado de antecedentes penales de su país. Todo ha de venir legalizado por vía diplomática.
muchísimas gracias por tu rápida y aclaratoria respuesta.
Sobreentiendo entonces que en mi caso nos convendría más casarnos según las leyes maltesas para poder tramitar ya la tarjeta de Rgmen Comunitario en Malta.
A su vez me gustaría consultar si al casarse en otro país bajo las leyes de ese país (y no las españolas) se pueden establecer también capitulaciones matrimoniales y, en caso de que así sea ¿Quién las tramitaría?
Mis agradecimientos de nuevo,
Hola. Cada país tiene su sistema matrimonial, tanto en lo relativo a la constitución del vínculo como al régimen económico. Dependerá de si las leyes maltesas permiten celebrar capitulaciones matrimoniales (que supongo, tu interés es el de hacer separación de bienes) o si, como pasa en España en Cataluña o en las islas Baleares, ese régimen va de pleno derecho y más bien para lo contrario se tiene que pactar capitulaciones. Por tanto, has de informarte ya directamente con las autoridades maltesas competentes sobre el particular y el procedimiento que tengan. Solo decirte que en Malta NO EXISTE EL DIVORCIO, solo la separación, pero podrías divorciarte en el extranjero y luego inscribir esa sentencia de divorcio en el Registro Civil de Malta.
Malta, para que podáis casaros según sus leyes, os exigirá acreditar los requisitos que sean pertinentes, aunque fundamentalmente se exige identidad y capacidad matrimonial (es decir, no estar incurso en impedimentos).
Si decides casarte según las leyes maltesas, tu matrimonio se regirá por esas leyes y no por las españolas, aunque tú seas española. Tenlo presente por cualquier cosa que pudiera suceder en el futuro.
Además, no olvides que si te casas en el extranjero, según leyes extranjeras, DEBES inscribir tu matrimonio en el Registro Civil Central, en Madrid.