hola soy soy argentina y tengo residencia de larga duracion en españa,pero tengo nacionalidad argentina,he pedido la residencia larga duracio UE pero tardara mucho y tengo que estar contratada pero ya se termino mi contrato,me quiero ir a vivir con mi novio a berlin, el es frances pero reside en alemania ,queriamos casarnos pero parece que es bastante complicado,es mejor que me case aqui en barcelona? mejor me caso en berlin? que necesito para casarme? mi novio es musico y no tiene un contrato fijo, ni tamopoco unos ingresos economicos muy importantes...a mi se me termino el contrato y me quiero ir a estudiar aleman a berlin ya mismo osea es posible que nos casemos teniendo todos estos impedimentos? casarnos en dinamarca es mas facil? aceptaran el casamiento danes en berlin? porfavor estoy bastante preocupada espero respuesta,... desde ya muchas gracias
1.- Para solicitar la residencia de larga duración-UE, no es necesario que esté contratada. Basta con acreditar disponibilidad de recursos fijos y regulares (si está cobrando la prestación contributiva de desempleo, sirve) y eso no se agota solo en hallarse trabajando por cuenta ajena.
El plazo para resolver es de 3 meses. Si no recibe notificación expresa en ese plazo, puede entender la solicitud estimada.
2.- MATRIMONIO.- Dependerá de donde se quiera casar. Para casarse en España, requerirá tramitar el expediente matrimonial previo en el Registro Civil de su domicilio y aportar documentación argentina (apostillada) y francesa (que si pide los certificados plurilingües, se ahorrará el traductor y la legalización). Pero, como la ley francesa exige el trámite de la publicación de los edictos en el Consulado, tendrá que esperar a que entreguen ese certificado.
Una vez casados en España, tiene que solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Consulado de Francia de la demarcación consular donde haya contraído matrimonio (para que sea reconocido en Francia) y entonces, pueda usted, en Alemania, beneficiarse del régimen comunitario.
Tenga presente que, siempre que se case en un país diferente del de la nacionalidad, será necesario que el matrimonio sea reconocido en el país del cual la persona es nacional. Si se casan en Dinamarca, tendrá que solicitar que el Consulado de Francia en Dimanarca reconozca e inscriba el matrimonio en el Registro Civil a su cargo.
ESQUEMA:
Si se casa en Francia: suficiente el certificado literal de matrimonio.
Si se casa en España: primero tendrá que inscribirse el matrimonio en el Consulado de Francia.
Si se casa en Dinamarca: lo mismo que si se casase en España.
Si se casa en Alemania: tendrá también que hacer inscribir el matrimonio en el Registro Civil del Consulado de Francia. La legislación alemana, en materia de matrimonio, es más estricta y además, usted tendrá que gastar en traducciones oficiales al alemán de sus documentos argentinos.
Más económico le puede resultar casarse en España, aunque tendría el tiempo en contra. Pero aquí, usted no tendría que traducir sus documentos argentinos y su novio, podría aportar certificados de nacimiento y de estado civil plurilingües. E igualmente, una vez casados, el certificado literal de inscripción del matrimonio en el Registro Civil español, será plurilingüe y ahorrará en traducción al francés.
hola muchisimas gracias por la respuesta,aunque me quedan algunas dudas,lo de la trajeta de UE, vale tengo que presentar recursos etc etc...pero no puedo cobrar paro por que todabia no me corresponde y ningun subsidio por que ya no lo dan...entonces que puedo pedir ..para acreditar mi "ingreso fijo" que no existe...esta tarjeta la pedi hace 1 mes exactamente y estaba contratada hatsa hace 3 dias pero ya se me temrino el contrato ,tengo un contrato de fija discontinua y mis jefes me van dando de alta cuando me necesitan,...pero bueno no se si miraran que tengo este tipo de contrato,en fin me pierdo un poco,
Otra cosa ,casarme ...entonces es mejor casarme en españa?tiene que ser en el consulado frances ?pero no tengo luego que inscribir este casamiento en el registro Aleman? O mi novio al tener pasaporte frances cambia la cosa, el reside en Alemania, no tengo que presentar nada del casamiento que realice en españa ,en berlin? tengo solo que registrarlo en francia?Entonces si me caso en España no tendre que traducir nada y el puede pedir los papeles pluriligues,y luego de casarnos aqui inscribirnos o registrar nuestro casamiento en francia?vale pero el vive en berlin,..y yo quiero vivir con el ,que tengo que hacer? presentar la libreta de familia en alemania?pero seguro que no me pediran inscribir dicho casamiento en el registro de berlin?y si es asi que necesito?perdon por tantas preguntas pero es que esoty desesperada,..y se me mezcla todo...muchas gracias espeor puedas responderme .saludos!
No se casará en el Consulado de Francia, sino en el Registro Civil español. Luego, se inscribirá el matrimonio en el Registro Civil francés, a cargo del Consulado de Francia.
Para casarse en España, es necesario tramitar un expediente matrimonial previo. Y para hacerlo, en el caso de que uno o ambos contrayentes sean extranjeros, entre los documentos a presentar, está la certificación del Consulado del país del extranjero, acreditado en España, sobre la necesidad o no de edictos, según su ley nacional. De entrada, puedo decirle que los Consulados de Argentina entregan a sus nacionales un certificado que dice que su ley no exige la publicación de edictos. Pero, en cambio, la ley francesa, sí exige la publicación de edictos o amonestaciones y las deben hacer previamente, antes de entregar el certificado al nacional francés, para que pueda presentarlo en el Registro Civil español.
Una vez celebrado el matrimonio, debe ser reconocido e inscrito en los Registros Civiles de dos países, con los cuales hay PUNTO DE CONEXIÓN:
A) Francia.
B) Argentina.
No hay punto de conexión con Alemania, por tanto, el matrimonio no accede al Registro Civil alemán (ninguno de los dos es alemán y el matrimonio no se ha celebrado en Alemania).
En el Registro Civil de un Estado se inscriben hechos o actos relativos al estado civil de los nacionales de ese Estado o los actos celebrados y hechos acaecidos en el territorio de ese Estado que afecten al estado civil de las personas, aunque sean extranjeras. Es decir, debe haber algún punto de conexión con ese Estado o con el ordenamiento jurídico de ese Estado.
Para que a usted se le pueda hacer extensivo el derecho de residencia en régimen comunitario, por ser cónyuge de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, es necesario que el matrimonio, si no se ha celebrado en el país de nacionalidad de esa persona, sea previamente reconocido e inscrito en el Registro Civil de ese país.
Cuando vaya a Alemania, la calidad de cónyuge de ciudadano de la Unión, la acreditará mediante el certificado literal de inscripción en el Registro Civil francés. Como son signatarios del Convenio de Viena número 16, de la Comisión Internacional del Estado Civil, podrá llevar con usted el certificado de matrimonio plurilingüe, expedido conforme al mencionado Convenio.