Jalisco. Yo respondí en 2006, pero mi respuesta, así como la de otros foreros fue correcta, al contrario de lo que usted dice.
Quizá deba usted revisar lo que responden, así como la pregunta, porque la consultante explicó claramente que ambos consortes, eran propietarios de ambos pisos, al 50 por 100.
Efectivamente, la LPH no aclara estos casos particulares.
Yo llegué a esta conclusión buscando opiniones de expertos, y si no recuerdo mal, había alguna sentencia judicial en algún caso específico. Hay que buscar mucho, pues casi todo lo que se encuentra son casos sencillos, tipo persona o matrimonio con varios pisos
Gracias Pepe123, podría ud. mencionar la jurisprudencia en la cual se basa su afirmación, porque yo solo he encontrado referencias a un solo propietario con varios inmuebles.Y la LPH no me lo aclara
Que estén casados en gananciales o en separación de bienes no importa, como si son pareja de hecho, o simplemente amigos.
Lo que importa es quien es propietario, y recordemos que el hecho de estar casados en gananciales no significa nada, la vivienda puede ser privativa por herencia, por ejemplo.
Cuando se producen estas situaciones, de varias personas con varias propiedades, hay un solo voto por cada conjunto de propiedades con los mismos propietarios, y la suma de coeficientes.
Tengo un problema similar actualmente pero casados en separación de bienes y no tengo la certeza de como resolverlo.
A cada comentario antiguo le llega un aviso, si lo tiene activado, de que hay una nueva entrada y que a lo largo de los años hayan descubierto la solución.
También existe la posibilidad de que alguien como usted que no participó en el foro lo lea y pueda ayudar, si yo estoy errado. Pero ya veo que su intención es otra.
Gracias por su atención
Un cordial saludo
Nunca acabo de entender, porqué se da respuesta a una pregunta del año 2006, o sea, de hace 17 años,. Máxime que para responderla hay que buscarla en el archivo.
Y encima responde erroneamente
La LPH dice:
"Cada proindiviso designará un representante"
Por tanto si en el piso de abajo designan a la mujer como representante , al de arriba al hombre y asisten los dos entiendo que tendrian dos votos.
En el caso de que solo asistiera uno, según jurisprudencia "un propietario de varios inmuebles un voto" Porque como le va a dar el otro la representación de un piso que ya es suyo
"En mi comunidad un matrimonio tiene dos pisos, en escrituras esta el matrimonio al 50% porque estan en gananciales.
Yo creia que ellos solo tienen un voto aunque su cuota es mayor ,segun ellos el marido vota por un piso y la mujer por el otro y asi tienen dos votos, ¿Es esto correcto o solo deberían tener un voto y sumar sus cuotas?
RESPUESTA.- Tienen un sólo voto y deben sumar sus cuotas.
Cada persona tiene un solo voto.
En ganaciales 1 voto y la suma de sus coeficientes.
En R. de separación de vienes, cada uno vota por lo tiene si consta en la escritura su pertenencia. Eso no quiere decir que, si los dos pisos está a nombre del marido la mujer pueda votar, ya que en este caso la esposa no tiene nada y se actua igual que en ganaciales, 1 voto y la suma de sus coeficientes.
Creo que he entendido que solo tienen un voto,,y ese voto es el de la sociedad de gananciales y no el de la esposa/o,,¿correcto?,,,,con la salvedad que hay que sumar que su voto vale el doble.
Gracias por las aclaraciones,porque la cosa cambia si tienen un solo voto aunque valga mas,ya que hay propietarios que tambien tienen mas cuota al ser sus pisos del doble de metros que otros pisos y tambien su voto vale mas.
Si el matrimonio es en separación de bienes y cada conyuge (¿se escribe así?) es propietario de uno de los pisos: 2 votos, como dice Luis 25.
Si el matrimonio posee los pisos en proindiviso: 1 voto y se suman los coeficientes de los dos pisos.
(Que se apañen entre ellos para decidir el sentido del voto)
Espero, Elena, que al menos esta noche puedas dormir.
Lexis tiene razón.
Dice que su régimen es de ganaciales, es decir que las propiedades son de ambos, caso contrario sería si su régimen fuera de separación vienes en la que cada uno podría tener un piso y entonces sí.
Gananciales: 2 pisos= 1 solo voto pero la suma de coeficientes.
Separación de bienes: 2 pisos = 2 votos siempre que consten en las ecritura su dueño real.
pues haciendo cuentas... 2 propietarios x 2 pisos, y despues de escuchar el disco completo de MILIKI, me sale a 2 votos.Recuerda, hay personas que ppor desgracia no quieren saber nada de el resto.
Tienen dos viviendas, o tienen una sola mas grande?
Si tienen dos viviendas separadas tienen derecho a dos votos, lo que genera el derecho a voto en realidad es la vivienda, sea quien sea el propietario, si una persona tiene 5 viviendas, tendrá derecho a votar por las 5, osea 5 votos
No es cierto. Hay un unico propietario de las dos vivienda y por tanto, un solo propietario a efectos de voto, aunque con la suma de los dos coeficientes.
En mi comunidad un matrimonio tiene dos pisos,,en escrituras esta el matrimonio al 50% porque estan en gananciales.
Yo creia que ellos solo tienen un voto aunque su cuota es mayor ,segun ellos el marido vota por un piso y la mujer por el otro y asi tienen dos votos,,,¿es esto correcto o solo deberian tener un voto y sumar sus cuotas?