Por lo que usted indica, se entiende que su cónyuge estuvo casada antes también fuera de su país, pero nunca solicitó el reconocimiento e inscripción de su primer matrimonio en su país de nacionalidad. Si se divorció en el extranjero y se volvió a casar con usted en el extranjero, ese matrimonio es válido de acuerdo con la legislación del país donde se celebró. Pero el país de nacionalidad de su cónyuge puede tener previsto en su legislación que deban inscribirse en su Registro Civil todos los matrimonios celebrados por sus nacionales fuera de su territorio, así como los divorcios que disuelvan matrimonios de sus nacionales que hubieran acordado tribunales extranjeros.
Las sentencias de divorcio extranjeras normalmente requieren pasar por el trámite de reconocimiento y exequátur en el país donde se pretende que produzcan efectos.
Si así lo dispone la legislación del país de su cónyuge, tendrán que dar cumplimiento a ello, porque las normas que rigen el estado civil de las personas son de carácter imperativo, es decir, los particulares no pueden excluir ni evitar su aplicación.
Hola soy ciudadano cubano estoy casado con una ciudadana rumana y tenemos un bebe de tres meses residimos en cuba pero queremos ir a vivir a rumania el problema es q fuimos a la embajada a legalizar el matrimonio y a inscribir al niño en la embajada y hacerle su pasaporte pero no pudimos xq nos dicen q ella tenia q legalizar su anterior matrimonio q solo duro dos meses y luego el divorcio y despues entonces empezar a legalizar el nuestro para despues poder hacer lo del niño mi pregunta es de veedad q hay q legalizar el anterior matrimonio para poder hacerle el pasaporte a mi hijo.. de que forma si no le dan el pasaporte a mi bebe podriamos irnos a vivir alla..