Hola
Me quiero casar con mi novia( ella es extracomunitaria y yo español).
El único problema es que yo estoy estudiando en la universidad y no trabajo y ella esta ilegal.
Creeis que nos pondrán alguna pega para casarnos??
Vivimos en Valencia
Un saludo y gracias de antemano
Hola. No estar trabajando no es, jurídicamente, un impedimento para casarse. Ahora, en la práctica, lógicamente que desde que se celebre el matrimonio, nacen para ambos obligaciones, una de ellas es justamente el sufragar las cargas del hogar común, pero esto es una de las obligaciones emanadas del matrimonio, no un requisito para su celebración y mucho menos para su validez.
El expediente matrimonial previo, que debe sustanciarse ante el Juez Encargado del Registro Civil, debe determinar, fundamentalmente, que ambos son capaces para contraer matrimonio, es decir, que no hay impedimentos (y que un extranjero se halle irregular en España, no es impedimento para que contraiga matrimonio). Pero, la otra finalidad del expediente matrimonial previo sí se fijará en la condición peculiar de la persona extranjera, ya que busca determinar que el matrimonio será real y no de complacencia, lo que implica calificar con mayor prolijidad la existencia de relaciones previas efectivas y es aquí cuando ustedes tendrán que demostrar que realmente se conocen mutuamente, porque les harán preguntas que presupongan que haya una real cercanía con la otra persona.
Otra pequeña cosa Condedecartagena
Ella ahora está compartiendo piso en Valencia pero a lo mejor nos vamos después a vivir juntos a Paterna( un pueblo cerca de Valencia).
Será eso un problema no tener piso propio?
En internet he leido tambien(nose si es verdad) que los del registro o nose quién se pueden pasar después de la boda un dia aleatorio a hacernos una visita. Es eso cierto?
Lo digo por si llaman antes y hay que darles un número o pasan donde yo esté empadronado. Como va esto?
Yo estoy empadronado en casa de mis padres y ella en casa de su hermana en Castellón pero no vamos a vivir alli claro esta. Llamarán a mis padres y después me llaman ami o como va esto?
MUCHISIMAS GRACIAS Condedecartagena!!
Hola. No, no está previsto en el Reglamento de la Ley de Registro Civil expresamente visitas a la casa de nadie. Lo que se prevé es la publicación de edictos en determinados casos (poblaciones en las que hubieren residido los contrayentes en los dos últimos años menores de 25 mil habitantes o consulado español en el extranjero en localidades con menos de 25 mil españoles registrados; si han vivido en poblaciones con más habitantes este trámite se sustituye por el de audiencia de un familiar, amigo o allegado de cualquiera de los contrayentes, en el sentido de que el matrimonio no incurre en prohibición legal alguna) y la práctica de pruebas propuestas o acordadas de oficio por el Juez Encargado y aquí podría caber la comprobación del domicilio, pero en grandes ciudades, no siempre lo hacen (al menos, aquí en Barcelona, con tantos trámites en curso en el Registro Civil y con problemas de personal insuficiente, hasta donde he podido llegar a saber, no lo hacen).
Los citarán a audiencia por separado, en la sede del Registro Civil.
Hola Condedecartagena!!
Lo ultimo ya.
Y lo que me dices de "comprobación del domicilio" donde seria?
Supongo que diriamos en el registro civil que estamos viviendo juntos en tal sitio o se pasan a la direccion donde estemos uno de los dos empadronados?. Lo digo porque si van a donde estamos empadronados no nos van a encontrar ahi; supongo que nos preguntarán, si acaso, una vez celebrado el matrimonio, donde vamos a estar viviendo los dos para que se puedan pasar.
MUCHAS GRACIAS DE VERDAD, ERES MUY BUENO