Buenos días,
Trataré de resumir mi situación: voy a casarme con una mujer que actualmente está embarazada de su ex-pareja (no mediaba vínculo legal entre ambos). Por razones que no vienen al caso, esta mujer querría -y yo estoy de acuerdo- que, si esto es posible, yo diera mis apellidos al nasciturus, a través de la fórmula legal que mejor proceda (adopción?). Nuestras dudas, claro, vienen por la parte de los derechos que pueda ejercer el padre biológico: entiendo que él podría reclamar la filiación del niño/a por vía judicial... ¿qué repercusiones tendría? ¿hasta dónde podría llegar (custodia, régimen de visitas...)? ¿influye que el niño/a aún no haya nacido y que, para ese día, estaré casado con la madre? Por otro lado, cuál sería el procedimiento para dar mis apellidos al niño/a (si es que esto es posible ...en el caso de que el padre biológico reclame su paternidad supongo que será complicado).
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Se extendio mucho la practica de reconocer hijos no biologicos.
Le recominedo que ni se le ocurra hacerlo ya que lo normal es graves problemas posteriores.
Si lo tiene claro deben pasar por el proceso de adopcion que de conseguirlo, hara que no usted ni su madre "se arrepientan".
Les puedo asegurar que algo que parece "tan facil" como norma suele ser la fuente de mucho sufrimiento, tanto para el menor como para los adultos.
Hagase un favor a si mismo y a su mujer, no mientan.
Un saludo
NOTA: repase los post de este ultimo mes y vera no uno ni dos di no unos cuantos post con problemas por ese reconocimiento "tan facil"
Muy amable, Ferro57, por su pronta respuesta. Por supuesto, ni se nos ocurría mentir, eso siempre acarrea problemas. Precisamente preguntaba en este foro por la forma legal y "recta" de hacer las cosas, y no a las bravas, con mentiras, ocultaciones, subterfugios o atajos.
En ese sentido, entiendo que no cabe posibilidad de proceso de adopción si su padre biológico ejerce su derecho, ¿no es así? (esto último lo dudamos y nos encaja más que se desentienda completamente, pero...). Gracias por anticipado por su consejo.
Si el padre biológico ejerce su derecho, no tiene sentido la adopción.
Si me permite un consejo personal, en su lugar dejaría pasar el tiempo para ver como van las cosas, y en un futuro, si todo va bien, y el padre biológico no ejerce su derecho, proceder a la adopción.
Espero no le haya molestado
Ahora independientemente del derecho me permito volver a intervenir.
Sea ussted quien es para ese niño. Le aseguro que el cariño que provablemente les una sera difcil de eliminar si niño y adultos cson conscientes de la realidad. Seran sus brazos lo que su cuerpo conozca en al abrazo, su caracter el que le resulte afecto y su interes y centro de vida el que le hara sentirse protagonista.
Ojala sea capaz de transmitir esa deseable realidad a su futura mujer y madre del niño.
Y acaso llegue el dia que si proceda la adopcion y sea ese niño ya adulto quien incluso lo proponga.
Pero si el padre aparece al ser ustedes congruentes sera el quien tenga los problemas al no haber ejercido la obligacion de amparar, criar y educar a ese niño y quien acaso proceda se le impongan deberes economicos incluso retirandole la patria potestad .
Toda la suerte del mundo
Weezer, habría que ver si el padre biológico reconoce al niño o no. En el caso de que no lo haga, la adopción sería más fácil. Si por el contrario reconociera al niño él, igualmente se podría solicitar la adopción del menor, pero el padre biológico tendría que prestar su asentimiento (no el consentimiento).
Es decir, debe declarar que está al tanto de la adopción y que está de acuerdo. Suele ser vinculante pero ya hay sentencias que no lo ven imprescindible si se demuestra que es en beneficio del menor. Si el padre no contestara a las notificaciones del juzgado, no sé necesitará el asentimiento.
Muchísimas gracias a ambos. A usted, Ferro57, por sus palabras llenas de sentido y humanidad; y a Kalhuo por sus aportaciones legales.
Seguiré fielmente sus consejos. Un placer.