Buenos días mi consulta es
Hace algo más de un año regresé a chile con la ayuda de reparación . Por motivos personales
La cosa es que aquí en chile me casé con mi mujer que es comunitaria y la verdad es que ella no lo pasa bien aquí
Mi consulta puntual es si estando casado con ella aún así tengo que esperar los 3 años de no ingreso a España o estando casado con ella puedo entrar y residir como familiar de comunitario
Desde ya muchas gracias
Si usted es cónyuge de una ciudadana de la Unión, tiene derecho a residir en España siempre que la acompañe o venga a reunirse con ella si ella es residente en España.
Cualquier compromiso de no retorno celebrado existente cede y debe ceder frente al derecho que le asiste a acompañar o reunirse con su cónyuge ciudadana de la Unión y residente en España. No hay que pasar por alto la primacía del Derecho de la Unión Europea frente a las disposiciones normativas internas que pudieran entrar en oposición con él.
Desde el momento en que contrajo matrimonio y ese matrimonio fue reconocido en el país de nacionalidad de su cónyuge como conforme con su ordenamiento jurídico, nació para usted el derecho a acompañar o venir a reunirse con su cónyuge y a residir en España con ella, siempre y cuando ella cumpla con los requisitos establecidos para los ciudadanos de la Unión.