Lo que establece la Ley es que hay que demostrar donde usted y su pareja han estado conviviendo los últimos dos años.
En su caso si es de Burgos, tendrá que demostrarlo con un Certificado de Empadronamiento Histórico con Movimiento donde manifiesta el tiempo que lleva empadronado en España.
En el caso de su pareja si lleva dos años en España con ese documento le vale igual, pero si ha estado menos tiempo pues del país ó ciudad donde haya estado viviendo. Si es en la república Checa pues de su ciudad.
También el consulado de la República Checa puede emitir un certificado que diga desde cuando llego a España y que anteriormente había residido en su país.
Soy español y estoy realizando trámites para contraer matrimonio con mi pareja. Ella es de la República Checa. En el Registro Civil de Burgos (conste que no sabían que Chequia es de la UE), nos dicen que es necesario haber estado empadronado en la ciudad dos años. ¿Es así? Por otro lado desde la propia oficina de extranjería nos dijeron que el matrimonio civil era la mejor opción para tramitar el NIE (conste también que tampoco sabían allí que Chequia es la UE)