Tengo un asunto de un matrimonio celebrado en Cuba en 1997 y debo tramitar el divorcio. La nacionalidad de los dos es la española y según el art. 107 del CC debo de aplicar la ley nacional común para la tramitación del divorcio.
Mi duda es si la demanda tiene que contener alguna especialidad al haberse contraído el matrimonio en Cuba y cómo debo de solicitar que se inscriba la sentencia de divorcio allí en Cuba.