mucho ojo, antes de realizar un recurso, estas seguro que no podran pillarte porque hayas pagado mas de los 32.000 eu, en B
o bien por trsnferencia o que el vendedor haya declarado la venta por mas importe.
Pues la HCIENDA , VA A COMPROBAR CON LUPA TODO LO QUE DIGAS.
Y si hubiera algun tipo de fraude, la multa es el triple de lo defraudado.
Tendrás que ponerte en contacto con un périto particular que será quien te realize la tasación de la vivienda. En este caso, cada périto fija sus propios honorarios. Lo mejor será que vayas consultando a diferentes péritos.
Una vez presentada la tasación al organismo competente, la administración tiene establecidos unos importes máximos para los honorarios de los péritos designados por las mismas. En tu caso, dependiento del importe de la tasación, si no supera los 200.000€, se establecen unos honorarios máximos de 400€.
lo que a usted le ha ocurrido es lo que habitualmente le sucede a las personas que compran una vivienda que destaca por su ventajoso precio.
Cuando se realiza un transmisión patrimonial se debe declarar el valor real del inmueble.
Según el artículo 134.1 de la Ley General Tributaria, “La Administración tributaria podrá proceder a la comprobación de valores de acuerdo con los medios previstos en el artículo 57 de esta ley, salvo que el obligado tributario hubiera declarado utilizando los valores publicados por la propia Administración actuante en aplicación de alguno de los citados medios”.
Por ejemplo, en catalunya se toma como referencia el valor catastral del inmueble, al que se multiplica por un determinado coeficiente corrector en función de su ubicación.
Usted deberá proceder a interponer un recurso en base al art. 135 Ley General Tributaria: "1. Los interesados podrán promover la tasación pericial contradictoria, en corrección de los medios de comprobación fiscal de valores señalados en el artículo 57 de esta ley, dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con los valores comprobados administrativamente o, cuando la normativa tributaria así lo prevea, contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado."
hola. acabo de recibir la segunda notificación de la Oficina Hipotecaria en relación al valor de una vivienda que compré hace unos meses. según la admón. esta propiedad tiene un valor de 64.000 euros, mientras que yo la compré por 32.000. me exigen pagar un nuevo ITPAJD por la diferencia. Como no estoy de acuerdo, qué debo hacer? recurro a un ingeniero o arquitecto para llevar a cabo una tasación de la vivienda? o hay otra alternativa mejor?