Siempre se pueden pedir responsabilidades por incumplimiento de ley pero, qué le pediréis, ¿dinero, cárcel, trabajo sociales?.
Entiendo que lo que hay que exigirle es que convoque la reunión ya, y en caso de no hacerlo, debe ser la comunidad con ese 25% de votos o coeficientes para convocarla y cesarlo. Pedirle responsabilidades se pueden pedir, pero cuando no haya desfalco de dinero ni lodo justificado, no se consigue nada.
En una Comunidad llevan mas de un año sin Junta General Ordinaria, por no convocarla el Presidente. La última se celebró en Abril de 2007.
Por tanto no se han aprobado las cuentas del 2007, ni se ha aprobado el presupuesto del 2008.
¿Se puede prorrogar el presupuesto de año para el siguiente, por no haberse celebrado la Junta General Ordinaria anual?.
Si como consecuencia de esto, cuando se tenga que aprobar las cuentas del 2008, hubiera un deficit del año 2008 y el Presidente propusiera realizar una derrama para salvar el deficit, ¿sería legal?. ¿Tendría el Presidente una responsabilidad en esto?.