En mi edificio hay que realizar una reforma extrarordinaria de pilares muy cara que salimos cada piso vecino a mas de 7000 euros….
Yo estuve mirando el tema de recibir unas ayudas de la generalitat valenciana y en efecto existen y podria salirnos a casi la mitad por persona de lo presupuestado. Pero piden que haya empadronados en el 70% de las viviendas del edificio para que podamos entonces solicitar la ayuda individualmente.
El pasado 9 de Agosto de este año se celebró una junta general ordinaria de la comunidad de propietarios de mi edificio. En esa junta, tal y como se refleja en el acta de la cual tengo copia, en el punto 5º de Ruegos y preguntas pone “El propietario del piso 3ºC (que soy yo) solicita que se envie a todos los propietarios la información referente a las subvenciones que para estos casos concede la Generalitat Valenciana. Asi mismo, solicita una reunión extraordinaria para tratar el tema.”
Lo que tiene que aportar cada vecino son mas de 7000 euros y han habido 3 plazos para ingresarlo… el primero de ellos si que lo pague ya que fue antes de la junta general del 9 de Agosto, los 2 restantes no, ya que pese a mis numeros insistencias tanto telefonicamente como por e-mail de que enviaran la información y se realizara la junta extraordinaria para analizar el tema de poder acogernos a las ayudas … no se ha hecho nada… lo que si que sigo pagando es la mensualidad correspondiente a la comunidad.
Hace unos dias me llamo la administradora de fincas y le reproche que no hubiera echo nada de enviar la informaciónde ayudas de la Generalitat Valenciana que expuse en la junta del 9 de Agosto… ella no supo que decirme se limito a preguntarme si pensaba pagar los 2 pagos que me faltan y que ascienden a mas de 5 mil euros (1500 si que pague en un primer pago)…
Me da rabia que no se haya enviado e informado bien al resto de vecinos de algo que se puso en Acta del 9 de Agosto de 2009 … y que la administradora o presidente no se preocupase de enviar al resto de vecinos la información y de que ahora nos quedemos seguramente sin ayudas…
De momento no han realizado acciones formales por su parte, no me han enviado ni siquiera carta, solo tuve la conversación telefónica, donde me dijo que “bueno, ya se encargara el abogado…”
¿Qué se puede hacer en mi situación? ¿Qué hariais vosotros?
Yo tenia pensado no pagar y exponer en el supuesto próximo juicio que no se me hizo ni caso de lo que expuse en el punto 5º del Acta del 9 de Agosto del 2009… y que pese a mis insistencias para que enviaran la información y se convocara junta extraordinaria no se me ha hecho caso y no se ha convocado…
Espero vuestras sabias respuestas, un saludo y gracias.
Tal y como yo lo veo, y en mi humilde opinión, el hecho de no haberse enviado la citada documentación ni realizarse la Junta que usted solicitaba no es excusa para no haber procedido al abono de las cuotas, que son exigibles desde el momento en que se acuerda en junta que deben ser ingresadas en los plazos estipulados. Además, el hecho de que se soliciten las citadas subvenciones no le va a eximir tampoco del pago de dicha derrama, pues generalmente dicho dinero de la subvención se cobra, cuando se cobra, generalmente una vez la obra ya está ejecutada y entiendo que pagada al contratista, pues me imagino que tendrán que justificar los pagos para que luego la Administración en su caso se los abone. Bueno, esta es mi opinión, que no sé si le ayuda, pero creo que su opción de no pagar como medida de presión puede traerle más inconvenientes que ventajas, tanto a usted como al resto de la Comunidad. Un saludo.
Ok movla, gracias por tu pronta respuesta y entiendo lo que me dices pero... ¿Que responsabilidades deben asumir el presidente o administrador por no enviar esa documentacion sobre las ayudas al resto de vecinos que constaba en el acta del 9 de Agosto de 2009 y por no convocar la junta extraordinaria que solicite?
¿Que se puede hacer al respecto cuando a mi me han hecho caso omiso de mis interesantes propuestas en materia de ayudas/subvencion?
Una idea es que se haga con esa información. Haga unas cuantas fotocopias y comunique con una carte el hecho a los copropietarios qu Vd.crea puedan estar interesados. Parece que no tienen crisis.
Yo tambien opino como movia. Ademas si persiste en el impago, la comunidad podria iniciar un proceso monitorio cuyas costas deberia asumir usted, salvo que un juez diga lo contrario.
No se que plazos hay en su comunidad para solicitar las ayudas pero si aun estan a tiempo solo cabe insistir ante el presidente y el administradoe para que difundan y/o convoquen, esto ultimo el presidente, la junta extraordinaria mencionada.
¿Las ayudas las deben pedir conjuntamente o cada vecino puede hacerlo individualmente aportando la documentacion necesaria?
Si se hiciera de manera conjunta y por negligencia demostrable, la comunidad sufriera daños, al perder la posibilidad de solicitar las ayudas, creo que podria perdir responsabilidades por la via judicial.
Las ayudas las debe pedir cada vecino individualmente pero con el requisito de que haya empadronados el 70% de pisos del inmueble.
De la información que dice Vio ya ya me hice cargo y se la pase al presidente y al administrador.. pero ¿no deben ser estos quienes se encarguen de su distribución?... ya que yo soy un vecino que no vive alli y que no conozco a nadie de alli.. pero tengo mi piso de alli alquilado y si podria acogerme a dichas ayudas...
Quiero saber si puedo pedir responsabilidades al presidente o al administrador si estos no han distribuido la información que les facilite y que remarco se hizo constar en el Acta del 9 de Agosto de 2009 de la junta de propietarios... donde pone en el punto 5º de Ruegos y preguntas “El propietario del piso 3ºC (que soy yo) solicita que se envie a todos los propietarios la información referente a las subvenciones que para estos casos concede la Generalitat Valenciana. Asi mismo, solicita una reunión extraordinaria para tratar el tema.” .. y no se ha echo nada... ¿como puedo pedir responsabilidades de esto?
La existencia de esa informacion se comunica en junta y los propietarios interesados podrian haberla solicitado al presidente y/o al administrador.
¿Puede usted obtener por su cuenta la documentacion necesaria para solicitar su ayuda individual?
Quiero decir, que si usted acude al ayuntamiento y solicita una certificacion que acredite el % de pisos con habitantes empadronados en el edificio y si esta es igual o mayor al 70% podria solicitar las ayudas.
Yo en su lugar lo intentaria por mi cuenta.
Si la solicitud es individual no tengo muy claro que se pueda reclamar. El Presidente es quien convoca las juntas y si no hay un plazo, aun puede hacerla. Podria insistir en ello.
Otra forma de conseguir la junta y poder así obligar al presidente y al administrador, es que la solicitud la hagan al menos un 25% , en ese caso sería obligatorio su celebración. Quizá pueda conseguir ese 25% simplemente con una carta a sus vecinos y si están conformes con que se tramite la subvención que le firmen la solicitud de convocatoria.
Finalmente, como el resto de los foreros el tema de la subvención si bien es interesante no es justificación alguna para no pagar.
Lo que haria en su lugar, seria, primero averiguar en el ayuntamiento cuántos propietarios de su edificio están empadronados alli, seguramente sea menos del 70% que exige la generalitat, por tanto el seguiente paso sería enviar una carta a todos los vecinos informando de esta posibilidad de ahorro importante a cambio de empadronarse.
No hace falta que ponga el nombre de los propietarios , bastaria con que pusiera propietario del piso X calle... cp... provincia...
Seguramente llegarían todas esas cartas con la información que desea que les llegue y por supuesto identifíquese y deje forma de contacto por si algún vecino le interesara contactar con usted.
Sé por experiencia que los propietarios son muy pero que muy desinteresados y despreocupados en cuestiones de comunidad, pero en este caso seria un ahorro muy importante para todos a coste mínimo(empadronarse)
Y no olvide pedir individualmente las ayudas dentro del plazo, una vez pedidas es más fácil conseguir el resto de documentación y requisitos necesarios si es que se lo piden, igual tiene suerte y se las conceden al ver que otros ya están empadronados y entre todos consiguen ese 70% necesarios para tal fin.
Cuidado con los administradores, van a sacar el máximo beneficio al mínimo esfuerzo.
Le deseo mucha suerte.
saludos