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Marcas denominativas y marcas mixtas

2 Comentarios
 
Marcas denominativas y marcas mixtas
12/06/2006 11:52
Saludos,

Quería saber si una marca mixta engloba plenamente los derechos de la marca denominativa y, además, la parte gráfica, o si realmente la marca denominativa abarca más ampliamente el campo denominativo que la mixta. Espero haberme explicado.

A modo de ejemplo, es más o menos que si "Coca-Cola" estuviera registrado solamente como marca mixta, ¿podría yo utilizar los mismos caracteres con un formato figurativo completamente diferente y en un contexto que nada tenga que ver?

Muchas gracias y un saludo.
Estimada Heian Elen,

Una marca mixta (denominación elemento figurativo o gráfico), protege todos sus elementos de forma conjunta y generalmente también de forma individualizada o particularizada.

Sin embargo, es cierto que una marca puramente denominativa tiene mayor relevancia sobre su denominación como único elemento que compone dicha marca. Por ello, cuando se comparan dos marcas denominativas similares o idénticas, la misma sólo puede efectuarse sobre dichos términos lo cual, refuerza el elemento denomitavio por ser este el único y el esencial de ambas.

Cuando la comparación atiende a dos signos mixtos o uno denominativo y otro mixto, lógicamente deberán considerarse los elementos figurativos. No quiere decir esto que pierdan relevancia el aspecto denominativo, sino que las marcas deben compararse en su conjunto, con todos los elementos que las integran (como ya es sentada jurisprudencia del TS). De esta forma, cuando en una marca mixta el elemento figurativo compone un elemento esencial de la marca, podrá ser igualmente relevante.

Al final, todo dependerá de las marcas a comparar, ya que es el caso concreto el que marcará la consideración de que es o no relevante en una marca mixta.

En el ejemplo que nos indicas, los términos figurativos de Coca-cola, están igualmente protegidos. Además, este distintivo es un marca renombrada con lo que la protección es mucho mayor que otra marca que no tiene esa condición. Para una marca normal, podrás utilizar un gráfico similar a otro registrado si los productos o servicios designados por cada una son diferentes. Ahora bien, deberás tener igualmente en cuenta que un elemento figurativo o gráfico puede ser objeto igualmente de protección por los derechos de autor.

GARCÍA DOMÍNGUEZ & ASOCIADOS
Patentes y Marcas Abogados
http://www.garciadominguez.com
info@garciadominguez.com
21/01/2010 12:28
Buenas, para los que estéis interesados en el registro de una marca, te aconsejo que consultes la web www.elregistrodemimarca.com en dónde encontrarás detallado qué debes hacer para proteger un nombre que represente un producto concreto o un servicio deteminado.

Espero haberte ayudado, si te has quedado con alguna duda. Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de enfoque jurídico gratuito para particulares y empresas enviadnos un mail o llamarnos si quereis que completemos la respuesta,

Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
Copyright – Marcas – Nuevas tecnologías
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