En relación a tu primera pregunta, actualmente y conforme a la ley de marcas resulta indistinto que registres el signo que pretendes como marca o como nombre comercial, dado que la regulación es la misma.
Una vez registrada la marca o nombre, tiene que existir un seguimiento que te permita conocer la posible solicitud de marcas identicas o similares a la tuya y que puedan generar un riesgo de confusión en el mercado. De ser así, procedería presentar un escrito de posición para evitar que esa otra marca o nombre lleguen a concederse.
Si deseas alguna otra aclaración o resolver cualquier duda, hazmelo saber y te facilitaré un email personal.
Hola, acabo de abrir hace poco mi propio comercio.
Básicamente nos dedicamos a la compra y venta de productos terminados, quiero decir que no fabricamos, sólo compramos a los proveedores y vendemos al cliente o usuario final.
He estado leyendo algunos de los post de este foro y me gustaría evitarme problemas como los que he leido de garaitza o de Ptolomeo.
Por lo que he llamado a la Oficina Española de Patentes y Marcas, pero me han dado la opcion de registrar la marca o el nombre comercial.
- Me podríais aconsejar, en mi caso, cual creeis que es mejor?
- Una vez registrado (el nombre o la marca) cómo puedo saber si alguien más quiere registrarla para cursar el escrito de oposición?