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Marca o nombre comercial

1 Comentarios
 
Marca o nombre comercial
06/10/2005 14:31
Qué me aconsejáis registrar una revista como marca o nombre comercial, qué diferencia hay entre una y otra, la fuerza diferenciadora es igual por parte de las dos.


Muchas gracias a los especialistas.

Rob. hesking
Hola Robert,

La recomendación sin lugar a dudas es el registro como marca, en la clase 16 (clasificación internacional de Niza), que se corresponde con: clase distinada a publicaciones, periódicos, revistas, entre otros productos, tales como papel, cartón, productos de imprenta; artículos de encuadernaciónetc etc..

La diferencia entre marca y nombre comercial estriba principalmente en que, el nombre comercial tiene su razón de ser en que se utiliza como el identificador de una empresa en el tráfico mercantil. Identifica por tanto, la actividad empresarial en el mercado y sirve para distinguir la empresa de otras empresas que desarrollen actividades idénticas o similares.El nombre comercial puede coincidir o no con la denominación social de una entidad; puede elegirse una expresión caprichosa diferente de la denominación social.

La marca, en cambio, es el signo que distingue en el mercado los productos o servicios de una empresa y los diferencia de los de sus competidores. Generalmente, suelen estar más orientadas a identificar productos, aunque su utilización es perfectamente válida y de hecho es muy frecuente para utilizarla como identificador de empresas y los servicios que ofrecen.

En muchos casos, marca y nombre comercial se solapan de forma que identifican y protegen exactamente lo mismo. Pero hay que tener en cuenta que, la función primordial del nombre comercial es la identificación en el mercado de un establecimiento comercial. De esta forma, empresas de servicios como por ejemplo una línea aérea, sea más útil identificarla como marca de servicios que como nombre comercial, ya que el establecimiento comercial no suele estar del todo definido, sino que queda (podríamos decir, como algo abstracto).

En cuanto a la protección jurídica he de decirte que son exactamente iguales, ambas protegen el signo distintivo a registrar (ya sea denominativo, gráfico o mixto) en todo el territorio nacional y con idéntifa eficacia.

Ahora bien, para el caso que nos comentas, sin duda alguna, como ya te hemos recomendado, es registrarlo como marca.

Un saludo,

GARCÍA DOMÍNGUEZ & ASOCIADOS
Patentes y Marcas - Abogados
Propiedad Industrial e Intelectual
info@garciadominguez.com
Madrid - Salamanca - Alicante
Tlf: (34) 923 603020