Efectivamente, tal y como indica el Sr. Castells, existe un plazo de 3 meses desde la publicación de la Marca Comunitaria, para efectuar la oposición por parte de cualquier persona que considere lesionado sus derechos.
No obstante, habría que ver si esa solicitud de M.Comunitaria ostenta derechos anteriores.
Te ánimo a que te pongas en contacto conmigo a través de mi e-mail: marijose_san@hotmail.com
Un saludo.
tras la publicación de la marca comunitaria en el boletín correspondiente tienes plazo para oponerte en base de tu derecho prioritario en España,
y paralelamente a la oposición administrativa tendrías que iniciar la demanda contra los titulares de la marca en el 2008,
Si te interesa, viniendo de parte de porticolegal te atiendo gratuitamente en mi despacho de Barcelona o Madrid o bien telefónicamente o vía mail,
sin compromiso alguno,
espero haberte orientado,
PABLO CASTELLS
93 418 94 33
abogado
especialista en propiedad intelectual e industrial
consulta@asesoriajuridicadelasartes.com
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
Supuesto: en 2005 registro marca en España, y en 2008 otra empresa registra la misma marca pero Comunitaria. Esta última la tiene registrada para fabricar en Europa y yo para vender en España. ¿Puede haber pleito? Qué Tribunal será competente?