Hola,ante todo un saludo a todos los intervinientes y colaboradores, mi duda es la siguiente:
Supongamos que un hombre con estado soltero,sin hijos y con empleo estable,viviendo en un inmueble de alquiler,tiene una relación sentimental con una mujer con estado soltera e hijo reconocido que tras dejar su antigua relación están en casa de sus padres,y decide iniciar una convivencia en dicho inmueble de alquiler, de producirse una ruputura,tendria que aportar algun tipo de manutención o indemnización de alquiler? creo que no al no estar ese hijo en el registro como tuyo,pero desconozco si hay algún precepto legal que diga lo contrario o por el tema del desamparo del menor y demás, me extrañaría no? gracias de antemano
El hijo de esa mujer, dices que está reconocido.... supongo que por el padre biológico. De ser así, supongo también que los progenitores de ese menor tendrán unas medidas (custodia, visitas, vacaciones, pensión de alimentos, gastos extraordinarios....). Por tanto, el único que tiene obligaciones para con el menor, es su padre, no la pareja de su madre.
Claro por el padre biológico,esta en el libro de familia y tal,las medidas como pension alimenticia tambien,la duda viene como estan hoy dia las cosas,si aun asi y siendo mi inmueble de alquiler de producirse ruputura,se me podria asignar alguna responsabilidad economica como el alquiler supongamos que se va a juicio y se dictamina que el menor no puede estar sin vivienda y cosas asi... digo yo que se tendran que ir mujer e hijo a casa de sus padres de nuevo o algo? que tengo que ver yo ahi? gracias de antemano