No entiendo eso de que no encuentran propiedades, si trabaja hay que embargar salario, pensión, cuentas, devoluciones de hacienda, es decir dinero en efectivo.
El plazo de prescripción de las acciones por reclamación de las cuantías impagadas de las pensiones alimenticias es dentro de los 5 años siguientes al día en que pudieron ejercitarse.
Para evitar problemas, poner una denuncia por lo penal, ya que así se convierte en un delito por impago de pensiones
Buenos días,
Según la sentencia de manutención mi padre tiene que pagar mensualmente 300€ aproximadamente, no obstante, no cumple con la sentencia desde el 2016. Durante los últimos 4 años ha ido depositando pequeñas cantidades de vez en cuando, y algunos meses no ha depositado nada. Acumulando de esta manera una deuda a mi favor de unos 15.000€ según mis cálculos.
Esta cantidad se ha reclamado judicialmente, pero según el abogado no le encuentran nada a su nombre en cuanto a propiedades.
La consulta que quería realizar era la siguiente: si cumplidos los 18 podré seguir reclamando el dinero que debe o si por el contrario este derecho prescribe. Agradecería también si me puede informar de abogados gratuitos que puedan llevar mi caso.