Hola, me dirijo a ustedes ya que sois profesionales. Os cuento. Alguien me está ingresando cantidades de 180€ por transferencia a mi cuenta bancaria cuyo concepto aparece (De x a x, manutención mes). No han reclamado nada ni me han llamado del banco ni nada. Ese dinero lo tengo ahí, no lo he tocado.
¿Hay alguna legislación al respecto o un máximo de tiempo para que ese dinero pase a ser mio o algo?
No se que hacer. Devolverlo no lo devuelvo hasta que no me lo reclamen.
¿Se ha planteado Vd. que hay un menor que necesita ese dinero para comer?. Errores los tenemos todos. Probablemente haya habido algún error en los digitos de la cuenta del/a beneficiario@ y por ese motivo (y no otro) se ha ingresado en la cuenta de Vd.
Por favor, vaya al Banco o llame por telefono, y pongalo en su conocimiento para que procedan a la retrocesión y abono correcto a quien corresponda. Ya verá que bien duerme.
El consultante/a pregunta por la legislación y el cuadro de prescripción aplicable a su caso, por lo que resulta conveniente mencionársela:
1º. En virtud de lo dispuesto en el artículo 253 del Código Penal, en relación con el 250 (revista especial gravedad, atendiendo a la situación en que queda la víctima) le corresponde a Maxy una pena de entre uno a seis años de prisión. Se trata de un supuesto muy común, de gente que recibe transferencias por error, y que cuando no devuelven el dinero son severamente castigados por los tribunales.
2º. Como quiera que Maxy sabe muy bien que ese dinero es de otras personas, y que además quien transfiere el dinero es para el alimento de un niño, cuyo destinatario también le consta a Maxy, el hecho de que no utilice el dinero no es excusa, pues mientras lo tenga bajo su poder, pudiendo hacer lo que quiera con él , se considera que ya se ha producido el acto criminal de apropiación, toda vez que, en vez de devolverlo, ha aprovechado la ocasión y el error para tener ese dinero bajo su férula.
3º. Maxy sabe que más tarde o más temprano le reclamarán el dinero, por lo que no cabe hablar de prescripción extintiva en su favor, sino de una acción deliberada y consciente de alguien que espera el siguiente ingreso para apropiárselo, con lo que estaríamos ante un delito continuado de apropiación indebida.
Y todo esto se lo contestamos aquí, Maxy, que es un foro de derecho civil. Pero también hacemos incursiones en derecho penal, no crea. Entendemos que se ha equivocado y que a usted le conviene un prominente foro de derecho penal que también hay en este portal.
ha llamado NO ,, se persone vd y por escrito comuniquelo al banco.
Las palabras se las lleva el viento....
Ademas de cuantos meses estamos hablando, solo de mayo o anteriores....
Vd esta en fase de DELINQUIR.....