Buenos días mi pregunta es la siguiente :
Mi hija tiene 18 años le puedo abrir una cuenta corriente y ingresarlo a ella directamente la manutención?
Gracias
Si el progenitor con el que convive (entiendo que el otro) está de acuerdo sí, si no, no. Y tiene su lógica, aunque sea mayor de edad: la pensión de alimentos viene a cubrir los gastos de alimentación, ropa, vivienda, educación, etc., que por ley corresponde a ambos progenitores en proporción a su caudal económico. Si los gastos los asume el progenitor con el que conviven y no hay aportación de tu parte, sino directamente a la hija para sus gastos de ocio, por ejemplo, los alimentos los estará aportando únicamente una persona de las dos obligadas a ello. Sí que se podría si hay algún tipo de acuerdo, por ejemplo que se le ingrese a la hija, pero esta asuma parte de esos gastos (se pague ella con eso ropa, educación, etc.) o bien, como en muchas familias, los hijos aporten en cuanto tienen ingresos una parte al hogar, en este caso al otro progenitor. Al final vendría a ser lo mismo, pero solo si se hace así, y es meterse en problemas si no hay acuerdo: si en la sentencia se dice que se ingresará a tal persona o en tal cuenta, es lo que hay que hacer, salvo que se proceda a la modificación, o te arriesgas a ingresarle a tu hija y que luego el otro progenitor te demande por impago, y podría ganar, perfectamente.