Pero en el horario que comenta es el mantenimiento ordinario o las averías? Lo que yo he visto, es que el mantenimiento ordinario y programado se hace en horario laboral normal, y las averías son 24/365. Esto a mi manera de ver es lo más lógico, ya que una cosa es mantenimiento y otra averías.
Como su pregunta me interesa he estado averiguando y he encontrado que existe una normativa de mantenimiento B.O.E.-A-2013-1969 de fecha 22 febrero 2013 pag 14885 punto 7 indica
7.2 Garantizar, en plazo máximo de 24 horas, el envío de personal competente cuando sea solicitado por el titular o por el personal encargado del servicio ordinario del ascensor para corregir averías que ocasionen la parada del mismo,
Yo le aconsejo que vaya a industria de su ciudad y realuze esta pregunta alli, porque podría ser que ese servicio sea ilegal
Busque en google MANTENIMIENTO ASCENSORES NORMATIVA,
ahi le sale el b.o.e.
no va aparejado el mantenimiento con la discapacidad.
lamento decirle que su comunidad es un poco roñosa (cosa que ya sabrá usted) pero un mantenimiento de 8 H. al día y cinco días a la semana, no sirve de nada
el acuerdo se debió de acordar por mayoría simple
Hola hemos instalado un ascensor en mi comunidad y tenemos un problema con el contrato de mantenimiento:
Tenemos un contrato de mantenimiento de averias de 8 horas 5 días a la semana y yo tengo discapacidad física del 43% con Movilidad reducida 7 puntos y quiero ampliar el mantenimiento de averias a 24 horas 7 días a la semana y excepto algún vecino que es mayor se están negando a pagar más para ampliarlo,yo vivo en el 4 de un edificio de 4 plantas y dos vecinos por planta y dos bajos.
Queria saber si igual que por mi situación se podía obligar a instalar el ascensor con unas premisas se puede hacer lo mismo con el mantenimiento del ascensor con la premisas que existan?
Mil gracias.