Muy buen trabajo morganmadrid concretando la petición de la sentencia que necesitamos.
Yo creo que, al menos en buscadores públicos, no es posible encontrarla en internet, al menos yo no la encontré, pero en buscadores de pago para profesionales como http://audiencias.vlex.es/ igual sí es posible. Entiendo que en este foro va a ser complicado porque por lo leído todos adolecemos de formación jurídica ni tenemos conocidos cercanos que puedan ayudarnos, pero estamos en una web que la que entiendo que, en otros hilos, sí que podrían ayudarnos. ¿Te parece bien publicar esta petición como una consulta en el hilo que corresponda de esta web?
Muy buen trabajo morganmadrid concretando la petición de la sentencia que necesitamos.
Yo creo que, al menos en buscadores públicos, no es posible encontrarla en internet, al menos yo no la encontré, pero en buscadores de pago para profesion
Una Sentencia de fecha 1 de Julio de 2010, emitida por el Juzgado de 1ª Instancia de Madrid, en la que la Juez emitió el siguiente FALLO:
" Que ESTIMANDO LA DEMANDA formulada por D. Matias, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña. Pilar Rami Soriano contra IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. representada por el Procurador D. Andres Fernández Rodríguez, debo CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada al pago de 2.134,38 euros de principal. La anterior cantidad habrá de ser incrementada con los intereses legales correspondientes desde la fecha de la interposición de la Demanda y hasta su completo pago, con expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada"
En la sentencia se hace referencia a un local comercial situado en la localidad de ALCORCON (MADRID), en la calle Porto Cristo,5 posterior y que cuyo propietario o arrendatario parecer llamarse D. Matias.
A lo mejor nos lee alguien de Alcorcón o cerca y se acerca a ver a D. Matias, le cuenta lo que nos esta pasando A MILES DE PERSONAS y le pide por favor que nos ayude, que seguro que muy posiblemente lo hará y que nos de una fotocopia de la sentencia, o que la scanee cuando pueda y nos la envie a:
contadormanipulado@gmail.com
La Sentencia fue recurrida por IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. y con fecha 18 de Noviembre de 2010, la AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID, en su Resolución 498/2010, dijo:
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Fernández Rodríguez, contra la sentencia dictada por el Ilmo Sr. Magistra Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid de fecha 1 de Julio de 2010 en autos de juicio verbal nº 434/2010 DEBO CONFIRMA Y CONFIRMO INTEGRAMENTE LA MISMA, con imposición a la recurrente de las costas causadas en esta alzada. Con pérdida del depósito constituido.
Contra esta Sentencia no cabe recurso alguno.
Ponente de la Sentencia: ILUSTRISIMO SR. D. Jesús Celestino Rueda López. Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid.
A los efectos oportunos, se hace constar que todos los datos que han sido citados con anterioridad, se han obtenido del Buscador de Jurisprudencia del Consejo General del Poder Judicial, de acceso público general, y que por ello su publicación en este foro de internet, no vulnera en forma alguna lo establecido en la Ley de Protección de Datos.
Somos Dos adultos y dos niños pequeños.
Vitro a luz, no tenemos termo lo tenemos de gas, la secadora no la gastamos cuando eran pequeños si se ensuciaban mas y antes tb el aire caliente del aire acondicionado por que eran pequeños, ahora no, mas lavadoras porque se lavaba mas...ahora menos se ensucian menos.
Resumiendo vitro de luz, pero desde el 27 de mayo hasta el 11 de junio creo que es mucho consumo sólo con la vitro, y las típicas lavadoras,... que se ponen en una casa no gastamos nada más a luz
Es así Morgan Madrid?
Y si el recurso de alzada es un organismo superior cómo crees que debería hacer el escrito a la Dirección General de Energía me podrías dar una idea MorganMadrid?
Leete todo esto. No se tus datos personales , los que sois de familia, los m.2 de la vivienda. tipo de calefacción, ni tampoco los electrodomésticos que usas con normalidad.
Ten en cuenta una cosa. En el recibo, los dos importes mas importantes son la potencia contratada y el consumo. Solbre el consumo puedes influir tratando de gastar menos, pero sobre la potencia contratada no; te van a cobrar siempre de acuerdo con los kilowatios que tengas contratados.
Asi que hay que ver bien cual es la potencia que realmente necesitas y en su caso ajustarla y pedir que te la modifiquen. Es un tramite por el que cobran 10,94 euros y que consiste en que vienen a tu casa y sustituyen el I.C.P. Interruptor de Control de Potencia, poniendo el que corresponda de acuerdo con la potencia que tu contrates.
Entra en
http://www.bajatelapotencia.org/
y te lees el tema. Luego las dudas que tengas tratamos de resolverlas en el foro para que valgan para otros.
Dmardtine, mil gracias!!!! Creo que esto puede servirnos mucho a todos.
Entre lo que aporta Morganmadrid en el tema del ajuste que hay que hacer a lo que pretenden cobrar y esta sentencia a Iberdrola, creo que tenemos bastantes argumentos para defendernos de Iberdrola y otras Compañías eléctricas.
Ok, Morganmadrid, me pongo a ello, hasta ahora ni siquiera miraba la factura, vivo de alquiler y siempre he estado con lo que tenía en dueño de la casa. Gracias
Por fin he encontrado algo de jurisprudencia a nuestro favor, aunque necesito algo más de ayuda.
Si miráis el recurso 619/2010 de la AP de Madrid (http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=5840778&links=&optimize=20110203&publicinterface=true) en la que, si no me equivoco, se desestima el recurso de Iberdrola contra un consumidor y en el que entre otras perlas se dice: " Planteada en tales términos la cuestión en esta alzada y con independencia de las manifestaciones que pudieran efectuarse sobre la absoluta indefensión extrajudicial de los consumidores,
en este caso, de energía eléctrica ante las actuaciones de inspección que se efectúan por las compañías suministradoras al no constar en autos, ni siquiera alegarse, que se comunique al contratante la realización de la misma para que la presencie, determinando ello la preconstitución de un elemento de prueba no sólo con trascendencia civil sino incluso penal, no puede obviarse que esa misma indefensión se produce cuando sin comunicación previa alguna se procede a facturar una elevadísima suma en base al contenido de una
norma cuya aplicación tan siquiera se notifica ni menciona en esa factura manifestándose qué cálculo se ha efectuado y sin dar posibilidad alguna al cliente, parte contractual ex artº. 1257 C.c., para que pueda discutir u oponerse a tal facturación en su cuantía o en su origen.
Tal actuación se efectúa por la recurrente con parcial fundamento en el artº 87 del RD 1955/2000,
de manera que teniéndose por probado en base a actuaciones de sus propios empleados sin comunicación previa al cliente que se ha producido una manipulación en el contador, se imputa ello al mismo sin posibilidad acreditada alguna de ser negado, y se le factura una cifra en base a los criterios que en ese precepto se mencionan, pero sólo según el segundo inciso de su párrafo tercero."
También sentencia como método a facturar no la fórmula de Kwh contratado por 6 horas de uso durante un año sino que se utilice el consumo real que el consumidor tenía antes de que se produjera la manipulación.
En fin, creo que es muy interesante de leer y estudiar por si nos puede servir.
Pido a quién tenga mejor acceso a jurisprudencia (creo que morganmadrid podrá echarnos una mano en ello) si alguien puede localizar la sentencia que da lugar a este recurso que he puesto y que es la Sentencia nº 498/2010 de AP Madrid, Sección 18ª, 18 de Noviembre de 2010.
Yo no he podido localizar el texto completo de la misma.
Para jesatel:
En cualquier caso, tu potencia contratada si sigue siendo de 5,5 es aproximadamente el doble de la que necesitas.
Te en cuenta que estas pagando en cada recibo 41 euros por esa potencia contratada menos un 10% que tienes de bonificación 4,1 euros dan 36,90 Euros.
A esa cantidad le sumas el 5% (redondeado) del Impuesto Electrico que son 1.85, y ya llevamos 38,75 Euros
Sumale a eso ahora el 21% de I.VA. que son otros 8,15 Euros y estamos en 46,90 Euros,
Si reduces la potencia contratada de 5,5 kilowatios a 2,3 aproximadamente estas ahorrando el 50% de esta cantidad 23,45 Euros en cada recibo.
Valora el suprimir el servicio ese de Urgencia Eeléctricas que aparece en tu recibo y otros 4 Euros I.VA. que te sacas de delante.
Y por último, comprate una regleta de enchufes con interruptor en los chinos y no vuelvas a dejar nunca la tele en stand by; aproximadamente será otros 5 Euros cada dos meses.
No se sí será bajó, pero llego a casa a las 6:30 o 7, no cocino, no uso el microondas, sólo uso por las mañanas la cafetera electrica, y estoy por la tarde en el salón con una luz indirecta , la tele y como hoy el ipad
Mi hija desayuna por la mañana y se va a estudiar hasta las 17:00, se mete en su habitacion y usa el ordenador y una luz, ella sí cocina la cena
Poco gasto puede haber, no tengo congelador, no pongo lavavajillas, lavadora 1 o 2 semanales, no plancho
Yo no tengo la llave del cuarto de contadores, pero mañana voy a ver al conserje, cierro la general de casa y mirare si sigue funcionando, luego los activare, quitare todo lo que este enchufado, hasta la nevera y pondré sólo un aparato y volveré a mirar, como siga petando no se qué voy a hacer.
Anosotrosa sin suministro desde 15 julio,en otra casa desde 11junio por fuerzas mayores y factura desde 27 mayo hasta 27 julio 107euros,9 de ellos por factura impagada y 2 por intereses 35 por consumo...
Lo veo una salvajada.
Que pensais¿'
Ya tenemos nuevo trabajo, averiguar donde hay que reclamar, me imagino que en el mismo lugar donde ponemos la reclamación, en la Consejería de Industria no?
Atención al cliente de Iberdrola 900225235 cuéntales lo que te pasa y que te digan.
Hazte primero una comprobación básica por si las moscas.
Pulsa el botoncito amarillo de uno de los interruptores magnetotermicos que tienes en tu cuadro eléctrico. Intenta encender cualquier lámpara y comprueba que esta cortado el suministro.
A continuación baja al cuarto de contadores y comprueba si el contador está registrando consumo o no. No es la primera vez que algún listo se ha conectado mediante una derivación a la línea general de otro.
De todas formas tu consumo general era anormalmente muy bajo. Yo vivo solo y mi consumo bimensual es del orden de 380 kwh.
Ya tenemos nuevo trabajo, averiguar donde hay que reclamar, me imagino que en el mismo lugar donde ponemos la reclamación, en la Consejería de Industria no?