¿se puede vender una vivienda con un mandato privado y sin poder notarial?
Presencialmente lo comento con abogados con su coste correspondiente y me dicen que no me preocupe, que no, que no se puede, pregunto por internet a otros abogados y me dicen que si, prefiero no poner nombres pero me dicen textualmente:
"Ignoro que pueda haberle dicho el letrado al que consultó, pero tengo que discrepar de su opinión. Un inmueble se puede vender mediante contrato privado, lo que no se puede es inscribirlo a nombre del comprador en el registro de la propiedad. Al inscribirlo en un registro publico tendrá eficacia ante terceros (por ejemplo usted si no fue parte en el contrato) pero si no solo la tendrá ante las dos partes que la firmaron, pero la compraventa será EFECTIVA y estará bien hecha, presumiblemente."
¿Alguna otra opinion ?
Es que creo que están hablando de cosas diferentes. Yo entiendo que cuando usted pregunta si se puede vender por "mandato privado" se está refiriendo, quizá, a hacer una especie de autorización a tal fin, no notarial. Mientras que la respuesta que usted transcribe se refiere, por lo que yo entiendo, a un contrato privado de compraventa, no al mandato.
Antes de nada, gracias por su respuesta, pues puede ser lo que dice, pero ya aprovechando,
¿ se puede vender una vivienda con un mandato privado y sin poder judicial?, tengo entendido se necesita ratificar y que si el vendedor no ratifica nanai, pero y ¿ se puede obligar al vendedor a cumplir con el contrato de mandato echo en su dia y el cual no a rescindido?