Resulta que llevo a un chico que tuvo un accidente de tráfico, sé que por el Art. 76 de la LCS puedo remitir a la Cia de Seg. mis honorarios y los del procurador pero resulta q la furgoneta q conducia era de la empresa, puedo tb en este caso? M han comentado q siempre q el seguro cubra al conductor no hay problema, ademas mi cliente firmó un papel como conductor de dicha furgoneta..Como lo veis?
Si aviso a la Cia de Seg. de esto por fax es suficiente o mejor les telefoneo?
tendrías que enviar la designa a la cía, lo normal es qeu te constesten ya que existen algunos límites algunas cubren 600 euros otras menos, así que lo normal es que minutes a tu cliente y él recuperará la parte que tiene cubierta por su seguro (por ejemplo con MAPFRE funciona asi) antes todas lo tenían ilimitado, ahora lo han modificado con lo que estaría bien que antes de enviarlo te informaras del contenido de la póliza y esperaras a que la cía te haga llegar carta conforme han recibido tu designa para que te indiquen cómo articulan el pago de honorarios de letrado y/o procurador.
Muchas gracias..lo del limite no lo sabía!!
Lux eso q dices q lo han modificado(respecto a la limitac. de los honorarios)me podrias decir donde lo puedo buscar, es decir si hay alguna norma en donde esté..Y son 600 euros de límite por lo general en todas las compañias(en las cias. serias)?
De todos modos gracias, la verdad es q da gusto q t ayuden tan pronto y sabiamente..
No debe haber problema. Tienes que tener presente que la designa ha de hacerla el asegurado, que no es preciso que coincida con tu cliente. Mi consejo es que cuando les remitas la designa, te pongas en contacto con ellos para conocer el límite de la cobertura de garantía jurídica (las hay desde 600 hasta 3000, que yo conozca). Además, imagino que tú serás demandante o denunciante, pues para la defensa, hay que estudiar lo que dice la póliza, pues a veces hay problemas para la designación particular.
Espero haberte ayudado.
marianespi@terra.es
No debe haber problema. Tienes que tener presente que la designa ha de hacerla el asegurado, que no es preciso que coincida con tu cliente. Mi consejo es que cuando les remitas la designa, te pongas en contacto con ellos para conocer el límite de la cobertura de garantía jurídica (las hay desde 600 hasta 3000, que yo conozca). Además, imagino que tú serás demandante o denunciante, pues para la defensa, hay que estudiar lo que dice la póliza, pues a veces hay problemas para la designación particular.
Espero haberte ayudado.
marianespi@terra.es