Si ya os han negado la posibilidad de emitir el mandamiento a nombre del procurador, no os queda otra que localizar al cliente para hacer la gestión de cobro.
Si no te fías de que lo cobre por su cuenta; mejor llámalo y cítalo en el despacho una mañana, y con el mandamiento, os vais los dos al banco, para cobrar el importe.
Antes de que vaya, prepara la factura, y la explicación, y de esa forma no tendrás problemas.
En algún caso, a nosotros sí nos han emitido el mandamiento a nombre del Procurador, pero depende del Secretario del Juzgado.
Suerte. Un Saludo.
Hola, tengo un problema insistente que posiblemente alguno de vosotros conozca.
el caso actual es que fui designada como letrado de oficio para una ejecucion. Gané la ejecución y condenaron en costas al ejecutado. La cuestión es que el Juzgado libra el mandamiento de devolución por el importe de la tasación de costas, pero lo hace a nombre de mi cliente.
Esto no tiene sentido porque mi cliente ya cobró todo lo que el ejecutado le debía y no ha vuelto a ponerse en contacto conmigo como es natural.
Ahora el Secretario libra el mandamiento con el importe de las costas a nombre de mi cliente y a pesar de haber presentado un escrito solicitiando que se hiciera a nombre del procurador ya que nuestro cliente (ejecutante) fue de oficio, que no nos entregó provisión de fondos alguna como es lógico al ser de oficio, y que si se le da el mandamiento para que lo cobre puede que lo cobre y no nos de el dinero, porque entre otras cosas esta persona no tiene por qué entender que ese dinero es de costas y no es más principal. en fin... ¿qué me aconsejais?