Una cosa es que en Junta se presentaran tres presupuestos y otra distinta es que en junta se aprobara una cantidad en concepto de limpieza.
Si ustedes aprobaron una cantidad concreta por dicho concepto y el Presidente (se escribe "el presidente y no la presidenta, aunque haya sido designada una mujer en el cargo ") ha decidido contratar el servicio por un importe que dobla el presupuestado, tienen la posibilidad de accionar en la próxima junta contra el presidente por tales hechos y caso de que en su comunidad no estén de acuerdo con adoptar dicha medida, podrá usted impugnar judicialmente el reparto del exceso del gasto, con ciertas posibilidades de éxito.
En la ultima junta se habló de reducir el presupuesto de limpieza, porque se estaba cobrando a la comunidad demasiado. Se presentaron tres presupuestos.
Pues bien, la nueva presidenta ha firmado un contrato de un año, después de la junta, por valor casi el doble de los presupuestos presentados, con la misma empresa de limpieza anterior.
¿Se puede entender que hay malversación de fondos de la comunidad, y que la presidenta responda personalmente de su negligencia? ¿Que se puede hacer si se tomar la libertad de incumplir las deliveraciones de las juntas, presuntamente porque reciba regalitos de la empresa de limpieza a cambio? La verdad es que esta comunidad de subnormales mafiosos me tiene negro...