Efectivamente. Dado que el Abogado debe actuar en todo momento conforme a la "lex artis" que le es exigible sin que por ello, tenga que obtener un resultado concreto, la pérdida de oportunidad procesal puede ser causa para exigirle responsabilidad profesional y que el seguro de responsabilidad civil asuma el pago de la indemnización que corresponda.-
¿Se puede considerar negligencia la "perdida de oportunidad procesal"?
¿Esta este supuesto contemplado por el Seguro de Responsabilidad del Colegio de Abogados?