En 2012 Inhabilite una Sociedad Limitada, por vender una nave industrial a plazos mediante acta notarial. La inhabilitación obliga a presentar el (IS) Impuestos de Sociedades y las Cuentas Anuales (CCAA). En el 2015 realizo una transferencia para los dos impuestos y solo presentan el de (IS) Sociedades, al año siguiente me comunican que no admiten las (CCAA) por no haberlas presentado en el 2015.
En el 2016 les mando una carta certificada devuelta por segunda vez explicando la incidencia. Nunca más se supo.
En 2020 el comprador de la nave industrial termina el último pago, mantener la Inhabilitación no tiene sentido. A final del 2022 me dispongo a disolver la sociedad, la notaria me pide el certificado digital conforme está libre de deudas, al acceder a dicho certificado la Agencia Tributaria en su día encuentro un error en el Impuesto de Sociedades (IS) del año 2014, notificándolo mediante el certificado D. con 17 sanciones, (Dicha agencia T. nunca mando un certificado o burofax comunicando la incidencia), preocupado por ello, me pongo en contacto con una gestoría y descubrimos el error, una partida dineraria se ha puesto en un apartado equivocado.
Dicha gestoría en el ejercicio 2023 presenta un suplemento con la corrección investigada.
El 28/9/2023 les mando una carta certificada explicando lo ocurrido a la gestoría culpable de la incidencia y se lo pasan por el arco de Triunfo. Pregunto, ante tal situación existe alguna acción que pueda realizar. Gracias