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madreselva medianeria

2 Comentarios
 
Madreselva medianeria
18/04/2007 13:03
He encontrado en codigo civil que mi vecino no puede plantar arbustos a menos de 50 cm de la valla y arboles a 2 metros. Su madreselva esta trepando por la valla metalica que esta como medianeria y se mete en mi jardin constantemente, y recientemente la he cortado metiendome en su parte de medianeria. Puede denunciarme por este hecho?
18/04/2007 22:54
Si se ha metido en su parte ( en la del vecino)de medianería si puede denunciarle.

Usted puede cortar ramas y raices desde su parte ( la de Vd. ) de la medianería.

Pero aunque dentro de la legalidad, valore usted los perjuicios reales que le ocasiona , antes de hacer lo que pueda hacer.

Entrar en esa dinámica con un vecino medianero será un sin vivir de denuncias de todo tipo durante años.

Un saludo.
27/05/2007 12:48
Hola, no soy abogada y te cuento lo que dice estos artículos del código civil, por lo que entiendo que SÍ puedes cortar las raíces pero NO las ramas ya que entonces tú podrías ser la denunciada:
"Artículo 591.

No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos.

Todo propietario tiene derecho a pedir que se arranquen los árboles que en adelante se plantaren a menor distancia de su heredad.

Artículo 592.

Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y, si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad.

Artículo 593.

Los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo.

Exceptúanse los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes"

En mi caso mi vecino me denunció por unos cipreses leylandis que tienen 3 metros y medio de altura, que están plantados a 50 cm de mi valla pero que están separados de la suya por un camino de uso común de 6 metros de ancho (por donde acceden los coches de ambos); con lo cual la jueza consideró que se cumplía la normativa ya que no estaban plantados en la medianera sino a tres metros (la mitad del camino) de la línea divisoria, más los 50 cm de la valla, con lo cual estaban a 3,50m de la línea divisoria que es la mitad del camino.