Me encuentro ante la ruptura de una relación more uxorio. Ante ello, la madre decide irse de acasa y llevarse a la hija común, menor de tres años, del domiclio familiar. Se traslada con la niña a otro domicilio, cuyos datos ha facilitado al padre, y no se opone a que vaya a visitarla en ningún momento.
El padre se opone. ¿Cómo puede actuar ante ello?
Entiendo que, al ostentar ambos la patria potestad, ese cambio de domicilio de la menor, debería pactarse entre ambos progenitores.
Con todos mis respetos, si el derecho de familia no es su especialidad y desconoce el procedimiento de este tipo de casos, sea honesto y hágaselo saber a su cliente.
Hay padres que tienen que pagar las consecuencias penosas de ser asesorados por abogados que desconocen la materia y nadie merece eso...
Cambiar de domicilio es una decisión conjunta cuando implica cambio de municipio y todo lo que ello conlleva y siempre que el que cambia de residencia es el que ostenta la custodia y pretende seguir haciéndolo.
Por suerte para la persona afectada, yo no soy quien lleva su caso. Acabo de terminar la carrera, y estoy haciendo un máster para seguir formándome. Hasta alcanzar un grado de conocimiento óptimo para ejercer, me gusta continuar aprendiendo, por todos los medios que estén en mi mano, como sean estos foros.
A día de hoy, ambos ostentan la guarda y custodia puesto que no hay sentencia ni convenio alguno que regule las relaciones paternofiliales. Por tanto, ¿hasta qué punto puede, la madre, llevarse a la niña a otro domicilio?
Pues yo no soy abogada, pero si ambos ostentan la guardia y custodia, no hay medidas provisionales ni sentencia ni nada, ambos padres pueden trasladarse de domicilio con la menor, y no, nada que ver con la sustracción de menores. Tiene que haber sentencia para que exista la sustracción.