Somos una sociedad deportiva y recreativa pequeña (15 socios) y sin local social. Hasta ahora no habiamos tenido problema para reunirnos, pues de comun acuerdo lo haciamos en locales prestados, de algún asociado o incluso bares. En estos momentos, sin embargo, existe una gran tensión en el club por desaveniencias habidas. Se hace necesaria la convocatoria de una asamblea extraordinaria para decidir nueva directiva y otros asuntos. El presidente actual, en minoria, y de acuerdo con un grupo minoritario de socios, pretenden convocar la asamblea en un ayuntamiento vecino, dificultando grandemente de la seccion discrepante y que es numericamente mayor, ¿puede hacerlo?, ¿hay algo que pueda hacer la sección mayoritaría?
Si la sociedad deportiva se constituyó de manera correcta, habrá de constar en el Registro de Entidades Deportivas de su Comunidad Autónoma y deberán regirse por unos Estatutos. Hágase usted con los Estatutos de la sociedad y lea la forma de las convocatorias de asambleas y su lugar de celebración, que por defecto son en el domicilio social.
Sin conocer los Estatutos de su sociedad resultará imposible ayudarle.